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Las personas que acumulan cuotas impagas de préstamos y créditos personales pueden enfrentar un reclamo judicial que, en determinadas circunstancias, podría terminar en el embargo de parte de sus ingresos o de algunos bienes.

El procedimiento requiere una intervención judicial y el cumplimiento de las condiciones previstas por la normativa.

A su vez, existen límites específicos para proteger una parte del salario de los trabajadores frente a este tipo de reclamos.

Deudas de créditos personales: cuándo pueden embargar

El atraso en el pago de un crédito puede generar intereses, reclamos de la entidad y, eventualmente, una acción judicial para recuperar el dinero adeudado.

Si el acreedor inicia un proceso y se cumplen los requisitos legales, un juez puede ordenar el embargo de bienes suficientes para garantizar el cobro de la deuda.

Entre los bienes que pueden quedar alcanzados se encuentran cuentas bancarias, vehículos, inmuebles y parte de los ingresos, dependiendo de cada caso.

Por eso, una cuota vencida no genera por sí sola un embargo automático.

¿Pueden embargar una casa por una deuda?

Sí, determinados bienes pueden quedar sujetos a un embargo judicial si se cumplen las condiciones correspondientes.

En el caso de los inmuebles, la medida puede inscribirse en el registro correspondiente para garantizar el crédito reclamado.

La posibilidad de afectar un inmueble depende del tipo de deuda y del avance del proceso judicial.

Embargo del sueldo: cuánto pueden retener

El salario cuenta con una protección específica. El Decreto 484/1987 establece que las remuneraciones son inembargables hasta el equivalente al Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), con excepciones previstas por la ley.

Sobre el excedente se aplican límites:

  • Si el salario no supera el doble del SMVM, puede embargarse hasta el 10% del excedente.
  • Si supera el doble del SMVM, puede embargarse hasta el 20% del excedente.

Por lo tanto, no pueden retener todo el sueldo por una deuda de un crédito personal.

Para que se concrete el embargo debe existir una orden judicial, que establece cómo debe aplicarse la medida.

Qué hacer si no podés pagar un crédito personal

Ante cuotas impagas, la entidad puede reclamar el pago y eventualmente iniciar acciones judiciales.

Si llega una intimación, es importante verificar quién reclama, qué monto se exige, cuál es el origen de la deuda y qué juzgado interviene.

Ignorar una notificación judicial puede complicar la situación, por lo que conviene revisar la documentación y, si el caso ya está judicializado, buscar asesoramiento profesional.