

La Ley de Sucesiones en la Argentina abarca situaciones particulares que pueden alterar la definición de la herencia y su distribución.
Una de las figuras menos reconocidas corresponde al matrimonio que se celebra en circunstancias excepcionales, un escenario que puede privar al cónyuge sobreviviente del derecho a heredar o a recibir los bienes del fallecido.
Este contexto suscita interrogantes recurrentes y se presenta en situaciones delicadas, especialmente cuando el matrimonio se formaliza poco antes del deceso de una de las partes y es necesario llevar a cabo el reparto de los bienes.
En qué consiste el matrimonio in extremis y en qué casos se aplica
La excepción se establece cuando la pareja ha convivido previamente al matrimonio. En caso de probar una convivencia anterior, el cónyuge sobreviviente tiene derecho a los derechos sucesorios que le corresponden de acuerdo a la normativa vigente.
Se considera matrimonio in extremis en caso de que una persona fallezca dentro de los 30 días luego de haber contraído matrimonio y la causa de la muerte sea una enfermedad preexistente al momento de la celebración. Adicionalmente, el otro cónyuge debía tener conocimiento de tal situación.
En estas circunstancias, la ley presume que el vínculo no ha generado un verdadero proyecto de vida en común. Por ende, el cónyuge sobreviviente no es considerado heredero, a menos que se presente un antecedente determinante.
Herencia del cónyuge según herederos y situación familiar
Cuando no se trata de un matrimonio in extremis, el derecho del cónyuge a la herencia varía según quiénes sean los otros herederos.
Si no hay hijos pero sí padres u otros ascendientes, al cónyuge le corresponde la mitad de la herencia. En cambio, si no existen descendientes ni ascendientes, el cónyuge hereda la totalidad de los bienes.
Si hay hijos, el cónyuge hereda una parte igual a la de cada descendiente. No obstante, no participa en la herencia de los bienes gananciales del fallecido, dado que conserva su propia mitad de esos bienes, pero no recibe nada de la otra mitad.
En el matrimonio in extremis, estas reglas no se aplican si no hubo convivencia previa, lo que deja al viudo fuera de la sucesión.

Sucesión testamentaria y herederos legítimos: quiénes son y cuánto reciben de la herencia
La sucesión testamentaria se define como el proceso mediante el cual una persona redacta un testamento especificando la distribución de sus bienes. La legislación vigente resguarda a ciertos herederos denominados legítimos, quienes incluyen progenitores, descendientes y cónyuge.
Es importante destacar que estos herederos no pueden ser completamente eliminados a través de un testamento. En este sentido, la Ley de Sucesiones establece que siempre debe existir una porción mínima de la herencia que permanece “reservada”.
Así, las proporciones de la herencia se distribuyen de la siguiente manera:
- Los descendientes tienen derecho a dos tercios del patrimonio
- Los ascendientes a la mitad
- El cónyuge también a la mitad.
Asesoría legal clave ante conflictos por cambios en sucesiones
La reciente modificación de la Ley de Sucesiones en Argentina también establece un marco para la resolución de conflictos familiares que pueden surgir en estas circunstancias.
Expertos en derecho sucesorio advierten que es crucial contar con asesoramiento legal en casos de matrimonios realizados en situaciones extremas, para evitar malentendidos y asegurar que los derechos de los involucrados queden claros.
Además, la ley también afecta la forma en que se gestionan las expectativas de los herederos. La falta de claridad sobre la convivencia y las intenciones matrimoniales puede llevar a disputas que complican aún más el proceso de sucesión.
Por lo tanto, se recomienda que las parejas en situaciones similares consideren la importancia de la documentación adecuada y la planificación anticipada para proteger sus derechos y los de sus seres queridos.















