El Ministerio de Capital Humano, a través de la Subsecretaría de Seguridad Social, anunció un nuevo índice de Movilidad para todos los trabajadores en relación de dependencia que impactará en los montos de los haberes cuando este grupo acceda a la jubilación.

A través de la Disposición 29/2025, el Gobierno fijó este nuevo índice combinado que actualizará las remuneraciones mensuales para todos los empleados formales desde el 30 de noviembre de 2025 o para aquellos que soliciten su beneficio desde el 1 de diciembre de 2025.

Cambian las jubilaciones: de qué se trata la nueva disposición del Gobierno

La nueva disposición fijó la actualización de las remuneraciones donde se aplicó el nuevo régimen de movilidad que aplica la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) con base en la Ley 27.609, que reemplazó el art. 2 de la Ley 26.417 y estableció aumentos mensuales para todas las prestaciones.

De esta forma, se darán actualizaciones para el sueldo que se toma como referencia para la jubilación mínima de forma mensual, con base en la inflación de dos meses anterior, tal cual dicta el régimen vigente.

Sin embargo, esta medida no impacta en las personas que ya tramitaron su jubilación, sino que afecta a quienes se retiren o soliciten beneficios previsionales a partir del 30 de noviembre de 2025.

¿Cuál es la importancia de esta nueva medida?

La disposición del Gobierno remarcó que el nuevo índice se aprueba y se publica como anexo en el Boletín Oficial, lo que garantiza transparencia y trazabilidad. Por otro lado, se ratificó el esquema de actualización trimestral basado en RIPTE (referencia de salarios) y el índice combinado, lo que asegura que los haberes reflejen la evolución salarial.

De esta forma, no cambia la fórmula, sino que se actualiza el valor del índice de las remuneraciones históricas que se usan para calcular las jubilaciones y de esta manera, cuando alguien se jubila, el Estado tomará los sueldos que tuvo en su vida laboral y los actualiza para que no queden desfasados por la inflación.

Este índice combinado (basado en el RIPTE y la fórmula de Movilidad vigente) se publicará cada trimestre y se aplicará a quienes se jubilen a partir del 1 de diciembre de este año.

Los puntos a considerar de esta resolución

  • No es un aumento automático para todos, sino una actualización que impacta en el cálculo de la jubilación.
  • Se evita que el haber inicial quede desfasado por no estar atado a salarios anteriores sin ajuste.
  • Puede implicar que los jubilados cobren más que la mínima, si los salarios actualizados son más altos.