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España ya tiene en marcha el calendario para las elecciones generales del próximo 29 de noviembre, después de que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunciara el adelanto electoral tras el rechazo en el Congreso de dos decretos sobre vivienda. Con la convocatoria ya publicada, Correos abrió este 6 de octubre el plazo para solicitar el voto por correo, una opción que estará disponible hasta el 19 de noviembre.

La decisión de Sánchez puso fin anticipado a la legislatura y activó los plazos electorales para los comicios. El presidente comunicó el adelanto el lunes, después de la votación parlamentaria del viernes sobre las medidas de vivienda.

Los electores que quieran votar por correspondencia deberán solicitar el certificado de inscripción en el censo electoral, necesario para ejercer el voto por correo, y acreditar su identidad. El trámite puede realizarse por internet o presencialmente en cualquier oficina de Correos de España.

¿Quiénes pueden solicitar el voto por correo?

Pueden solicitarlo los electores que figuren en el censo electoral y prevean que no podrán acudir personalmente a su mesa electoral el día de las elecciones. La solicitud estará abierta hasta el 19 de noviembre de 2026.

El certificado de inscripción en el censo electoral puede solicitarse de forma telemática a través de la web de Correos o presencialmente en cualquiera de sus oficinas. Si se realiza por internet, el solicitante debe acreditar su identidad mediante firma electrónica. Entre los sistemas admitidos figuran los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria y el DNI electrónico.

La convocatoria electoral llega después de un fin de semana marcado por la expectativa sobre el futuro de la legislatura.
La convocatoria electoral llega después de un fin de semana marcado por la expectativa sobre el futuro de la legislatura. Fuente: ShutterstockShutterstock

Quienes prefieran realizar el trámite de forma presencial deberán acudir personalmente a una oficina de Correos y presentar el DNI, pasaporte o carnet de conducir originales. Correos también habilitará la opción de solicitar cita previa para este procedimiento.

En caso de enfermedad o discapacidad acreditada mediante certificación médica oficial que impida al elector realizar personalmente la solicitud, el trámite podrá efectuarlo otra persona en su nombre. Para ello deberá contar con una autorización notarial o consular.

¿Cuáles son las fechas clave para solicitar y entregar el voto?

El plazo para solicitar el voto por correo comienza el 6 de octubre de 2026. Desde esa fecha, los electores pueden iniciar el trámite tanto por internet como en las oficinas de Correos. La fecha límite para presentar la solicitud será el 19 de noviembre, por lo que quienes quieran utilizar este sistema deberán completar el procedimiento antes de ese día.

Pueden solicitar el voto por correo los electores que figuren en el censo electoral y quieran ejercer su derecho al voto mediante este sistema en las elecciones generales del 29 de noviembre.
Pueden solicitar el voto por correo los electores que figuren en el censo electoral y quieran ejercer su derecho al voto mediante este sistema en las elecciones generales del 29 de noviembre. Fuente: ShutterstockShutterstock

Una vez recibidas las solicitudes, Correos las entregará a las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral. Estas serán las encargadas de enviar la documentación necesaria a los electores. El envío comenzará el 9 de noviembre, siempre a la dirección que el ciudadano haya indicado al solicitar el voto.

Cuando el elector reciba la documentación, deberá completar el procedimiento y depositar su voto en una oficina de Correos.