SEGURIDAD SOCIAL

Suben las pensiones contributivas: ¿cuándo cobro las dos pagas extras?

El gobierno español ha anunciado un incremento en las pensiones que se aplicará también a las dos pagas extras. ¿Cuánto cobro?

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En enero los pensionistas y jubilados reciben buenas noticias. Se trata de un aumento en las pensiones que dispuso el gobierno español junto al ministerio de Seguridad Social. La suba, notificada en las cartas enviadas a los titulares, es del 8,5% para las pensiones contributivas, mientras que las no contributivas se mantienen con el incremento del 15%.

Este ajuste salarial se aplicará de igual modo a las dos pagas extras que reciben los beneficiarios, por lo que la pensión mínima de una persona sin cónyuge pasa a ser de 10.958,58 euros (14 pagas de 782,75 euros) y para quienes tengan un cónyuge a cargo, la cuantía es de 13.521,71 (es decir, 14 pagas de 965,83).

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Asimismo, con aumento incluido, la pensión máxima pasa a ser de 42.829,29 euros anuales (14 pagas de 3059 euros). La paga extra de la pensión mínima pasa a ser de 1565 euros (dos pagas) y la de la pensión máxima, 6118 en dos pagas.

Pensiones: ¿cuándo cobro las dos pagas extras?

Durante este año, los pensionistas podrán acceder a las dos pagas extras correspondientes. Lo mismo sucede para quienes cobran una pensión no contributiva, la renta garantizada o el Ingreso Mínimo Vital (IMV).

La Ley General de la Seguridad Social reconoce el derecho de los pensionistas en España a cobrar las dos pagas extra. A continuación, detallamos las fechas:

  • La primera paga extra se otorgará en la nómina de junio, a partir del 1 de julio.
  • La segunda paga extra se cobrará a partir del 1 de diciembre, con cargo a la nómina de noviembre.

No obstante, cabe resaltar, la fecha exacta dependerá de cada banco, aunque las entidades suelen adelantar el cobro unos días. Por lo tanto, la paga extra de verano llegará en torno a los días 23-25 de junio, y la de invierno entre el 23 y el 25 de noviembre.

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Los pensionistas que cobran sólo 12 pagas

Hay un grupo de beneficiarios que no cobrará las dos pagas extras de verano e invierno. Se trata de los beneficiarios de una pensión por incapacidad permanente por accidente laboral o enfermedad profesional. El total de los que supone su pensión se distribuye en 12 meses.

En cambio, los titulares de una pensión por una enfermedad común o accidente no laboral sí tienen derecho a las 14 pagas. La excepción es solo para casos de incapacidad por enfermedad laboral o accidente de trabajo.

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