Murió la Ley de Alquileres: habrá multas de hasta 600.000 euros para los propietarios que ofrezcan alquiler vacacional y no cumplan con estos requisitos
Los propietarios de pisos turísticos deberán contar con la aprobación de su comunidad de vecinos para alquilar sus viviendas a turistas.
La Ley de Alquileres ha sufrido una reforma que impacta directamente en los propietarios de viviendas que alquilan con fines turísticos. A partir del 3 de abril de 2025, los propietarios deberán contar con la aprobación de al menos tres quintas partes de los vecinos de su comunidad para poder ofrecer su vivienda en alquiler vacacional.
La nueva normativa establece sanciones económicas severas para aquellos que no cumplan con los requisitos establecidos. Dependiendo de la comunidad autónoma, las multas pueden ascender hasta los 600.000 euros, lo que supone un importante incentivo para que los propietarios regularicen la situación de sus viviendas antes de la fecha límite.
Ley de Alquileres: la nueva regulación y sus implicaciones para los propietarios de pisos turísticos
La Ley Orgánica de Eficiencia de la Justicia, ratificada en enero de 2025, establece cambios significativos en la Ley de Propiedad Horizontal, que regula los derechos y deberes de los propietarios en comunidades de vecinos. Uno de los puntos más destacados es la obligación de obtener el consentimiento previo de al menos tres quintas partes de los propietarios para poder alquilar una vivienda con fines turísticos.
Para que los propietarios puedan alquilar sus viviendas a turistas, deberán convocar una junta de vecinos en la que se vote la propuesta de alquiler. La ley no establece un plazo concreto para la convocatoria de estas reuniones, aunque por lo general, las comunidades suelen celebrarlas dos veces al año. Si algún propietario desea convocar una junta extraordinaria, puede hacerlo si al menos el 25 % de los propietarios lo solicita.
Los vecinos pueden denunciar el alquiler vacacional no autorizado a través de diferentes vías legales. (Foto: Freepik.es)
La reforma también especifica que los pisos turísticos que ya estaban en funcionamiento antes de la fecha de entrada en vigor de la ley, es decir, antes del 3 de abril, no estarán sujetos a esta nueva normativa, siempre que cumplieran con la legislación turística vigente en el momento de su puesta en marcha.
En caso de que los propietarios no cumplan con la nueva ley, las multas varían dependiendo de la comunidad autónoma. Por ejemplo, en Cataluña y la Comunidad Valenciana, la multa puede llegar hasta los 600.000 euros. Otras comunidades como Baleares, Madrid o Andalucía también han establecido sanciones económicas importantes, que van desde los 100.000 hasta los 400.000 euros.
Estas sanciones se aplicarán si los propietarios no cuentan con la licencia necesaria para operar un piso turístico o si no tienen la aprobación de la comunidad de vecinos.
¿Cómo pueden los vecinos denunciar el alquiler vacacional no autorizado?
La reforma también incluye nuevas vías de denuncia para los vecinos que deseen frenar el alquiler vacacional no autorizado. Si un propietario alquila su vivienda sin el consentimiento de la comunidad, los vecinos podrán exigir el cese inmediato de la actividad y, si no se cumple, podrán interponer demandas judiciales tanto a nivel público como privado.
En este sentido, los vecinos podrán recurrir a varias vías para denunciar estos casos y exigir el cese inmediato de la actividad, según detalla la nueva regulación.
Denunciar ante el ayuntamiento: los vecinos pueden presentar una denuncia en el ámbito del derecho público, específicamente ante el ayuntamiento correspondiente, ya que son los encargados de regular el uso del suelo. Si el propietario está realizando un uso del suelo no permitido, el consistorio podrá iniciar un procedimiento sancionador.
Denunciar ante la comunidad autónoma: en caso de que el propietario no cumpla con la normativa turística, los vecinos pueden recurrir a la comunidad autónoma, que es la que tiene competencias en este ámbito. La comunidad autónoma podrá iniciar un procedimiento sancionador por vulneración de la normativa vigente en relación al alquiler turístico.
Demandar civilmente al propietario: si los vecinos pueden demostrar que el alquiler vacacional está afectando su calidad de vida, pueden presentar una demanda civil contra el propietario en los tribunales y reclamar daños y perjuicios.
Exigir el cese inmediato de la actividad: el presidente de la comunidad de propietarios puede exigir que el propietario cese la actividad de alquiler turístico no autorizado. Si el propietario no cumple con esta orden, el presidente tiene la posibilidad de emprender acciones legales para poner fin a la situación.