Atención alquileres: quién deberá pagar los arreglos de la vivienda, ¿inquilino o propietario?
La responsabilidad de pagar los arreglos de una vivienda en alquiler varía. Conoce qué arreglos le corresponde pagar al propietario y cuáles al inquilino.
Al alquilar una vivienda, una de las dudas más frecuentes entre inquilinos y propietarios es quién debe asumir los costos de reparaciones o mejoras que surjan en el inmueble. Este tema puede ser especialmente relevante debido a los gastos significativos que representan
Por ese motivo, la ley de Viviendas en España regula claramente las responsabilidades de ambas partes en cuanto al mantenimiento de la propiedad, estableciendo criterios sobre qué tipo de reparaciones corresponden al arrendador.
¿Cuáles son los arreglos que debe pagar el propietario?
El artículo 21.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos de España (LAU) establece que las reparaciones de una casa o departamento alquilado deberán estar a cargo del propietario.
La normativa explica que el arrendador está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello el precio del alquiler, "todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido".
Sin embargo, la normativa aclara que se harán excepciones cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1563 y 1564 del Código Civil.
Por otro lado, el inquilino estará obligado a comunicar al arrendador, en el plazo más breve posible, "la necesidad de las reparaciones, a cuyos solos efectos deberá facilitar la verificación directa, por sí mismo o por los técnicos que designe, del estado de la vivienda", según explica la ley.
¿Qué arreglos deberá pagar el inquilino?
Por otro lado, en la normativa específica que las pequeñas reparaciones que por el desgaste de uso ordinario del departamento o casa alquilada "serán de cargo del arrendatario". Un ejemplo de esto puede ser las manchas en la pintura de las paredes.
Además, el Artículo 21 de Conservación de la vivienda de la LAU ha determinado que, en los casos que haya que realizar obras, la reparación no podrá durar más de 20 días. Además, si el inquilino deberá dejar el lugar, el propietario deberá reducir el cobro de alquiler.
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