Atención conductores: esta es la insólita multa de 500 euros que te puede realizar la DGT por dejar adornos festivos en tu coche
La DGT quiere, mediante esta sanción económica, generar conciencia entre los ciudadanos que circulen con su carro con objetos que entorpezcan el tráfico.
La euforia que se genera por la Navidad se refleja en las diferentes ornamentaciones que aparecen durante esta época, las cuales no se ven solamente en los hogares. Teniendo en cuenta esto, la DGT implementa una insólita multa de 500 euros a quienes dejan adornos festivos en sus coches.
Aunque mucha gente no lo sabe, circular con el automóvil decorado con luces u otros objetos alusivos a las fiestas de fin de año está penado por la ley vigente, ya que para poder hacerlo se necesita cumplir con algunos requisitos.
¿Por qué la DGT multa a los conductores que dejan adornos festivos en sus coches?
Lo primero que se debe aclarar es que las modificaciones que se realicen sobre los coches, aún cuando estas son ínfimas o casi imperceptibles, deben estar homologadas para no tener inconvenientes legales.
Por eso, la DGT considera que esta es una infracción grave debido a que podría generar algún tipo de accidente, ya sea en las calles o en las carreteras. Entonces, para evitar la multa de 500 euros se recomienda homologar cualquier artículo que se añada al vehículo.
Este trámite se realiza en cualquiera de las estaciones de servicio de la ITV, donde los agentes harán efectiva la certificación y el correspondiente visto bueno de los elementos que se deseen agregar como adornos.
No obstante, es importante señalar que los objetos ornamentales que se sumen en el interior del coche como guirnaldas u algún objeto festivo que pueda dificultar la vista del conductor, también implican una sanción económica, en este caso de 200 euros.
DGT: ¿cuáles son los documentos que debes llevar obligatoriamente para circular?
Con el objetivo de reforzar las medidas de seguridad y evitar cualquier tipo de fraude, las últimas modificaciones a la actual normativa de l DGT indica que todos los conductores deben contar con los siguientes documentos para poder circular.
- Tarjeta de la ITV
- Permiso de circulación
- Permiso de conducir
Si bien los dos primeros son certificados físicos, el tercero está también disponible en su versión digital a través de la aplicación móvil miDGT, desde donde se lo puede descargar para presentar en un eventual control de tráfico.