Boletín Oficial

Repro 2: amplían el beneficio para el pago de los salarios de agosto

A días de que se active el calendario de cobro, el Ministerio de Trabajo incorporó nuevas firmas del sector sanitario en el listado de beneficiarios. Repro 2, ¿cuándo cobro?

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social oficializó este lunes la ampliación del listado de empresas del sector salud a ser beneficiarias del programa de Recuperación Productiva 2 (Repro 2)

A través de la Resolución 498, la cartera conducida por el ministro Claudio Moroni incorporó a las firmas:  

  • VALERFE SALUD S.A.;  
  • CLINICA FRACTURAS Y ORTOPEDIA SA;
  • DINATOS S.A.

"Incorpóranse al listado de las empresas del Sector Salud, aprobado por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nros 96 del 26 de febrero de 2021 y ampliado por las Resoluciones de MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 177 del 30 de marzo de 2021, 229 del 4 de mayo de 2021, y 433 del 26 de Julio de 2021 las empresas que se detallan en el ANEXO", señala la normativa publicada en el Boletín Oficial

Repro 2: Oficializan nuevos cambios, ¿cuándo cobro?

Qué es el Repro 2

El Repro 2 es un beneficio que consiste en asignar una suma de dinero individual y fija que se paga a los trabajadores y las trabajadoras, a cuenta del pago de las remuneraciones a cargo de los empleadores y las empleadoras adheridos al programa. Es un trámite gratuito que no requiere de intermediarios ni gestores.

Repro 2: cómo inscribirse

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, mediante la resolución 488/2021, estableció que el plazo para la inscripción al "Programa REPRO 2" y al "Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos" para el período correspondiente a los salarios devengados de agosto de 2021 estará comprendido entre el 25 y el 31 de agosto de 2021, inclusive.

Repro II: abre la inscripción el viernes, quiénes aplican y cómo anotarse en AFIP para acceder a la ayuda estatal

Criterios de preselección del programa REPRO 2 para los salarios de agosto de 2021

La resolución 488/2021, determinó las pautas a considerar para aplicar los criterios de preselección, respecto a las fechas de facturación y nómina de las empresas que quieran acceder al beneficio del Programa Repro 2, de acuerdo al siguiente detalle:

  • Meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP): Julio de 2019 y Julio de 2021;
  • Altas empresas: No se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1º de enero de 2019;
  • Mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia: Julio 2021;
  • Corte de actualización de bajas de nómina: 24 de Agosto;
  • Corte de actualización CBU: 23 de Agosto inclusive;


Criterios de preselección del Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores Independientes en sectores críticos

La resolución (MTESS) 201/2021 estableció el "Programa de Asistencia de Emergencia al Sector Gastronómico Independiente" y luego por la resolución (MTESS) 266/2021 se amplió a trabajadoras y trabajadores independientes en sectores críticos, cambiando su denominación por "Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos".

Los criterios de preselección para acceder a los beneficios del programa en el mes de agosto son:

  • Presentar una reducción de la facturación superior al 20% en términos reales, para el periodo comprendido entre Julio 2021 y Julio 2019;
  • Periodo de referencia de pagos a acreditar:

    • Autónomos de 12/2020 hasta 06/2021
    • Monotributo de 1/2021 hasta 7/2021

Temas relacionados
Más noticias de Boletín Oficial

Las más leídas de Economía y Política

Destacadas de hoy

Noticias de tu interés

Compartí tus comentarios

¿Querés dejar tu opinión? Registrate para comentar este artículo.