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La reforma laboral ya dejó de ser solamente una discusión sobre el texto de una ley. Después de meses de debate político y sindical, las nuevas reglas empiezan a aparecer en acuerdos concretos entre empresas y trabajadores.
En ese contexto, el Gobierno encontró en un entendimiento entre la UOCRA y las cámaras de la construcción otra oportunidad para mostrar esa aplicación: un acuerdo homologado la semana pasada fija en 2% la contribución patronal destinada al sindicato, el tope establecido por la nueva normativa.

El anuncio del Ministerio de Capital Humano llegó el jueves 20 de agosto, aunque el acuerdo había sido firmado varias semanas antes. La UOCRA, la Cámara Argentina de la Construcción (CAMARCO) y la Federación Argentina de Entidades de la Construcción (FAEC) suscribieron el 30 de julio un instrumento para reformular la cláusula referida a la contribución empresarial y adecuarla al nuevo marco legal.

El entendimiento establece que, desde el 1° de junio de 2026 y durante el tramo vigente de la negociación paritaria, cada empleador comprendido en los convenios colectivos 76/75 y 577/10 deberá realizar una contribución mensual equivalente al 2% de las remuneraciones sujetas a aportes y contribuciones legales de cada trabajador.
Esta contribución, en realidad, ya formaba parte del acuerdo paritario suscripto el 19 de mayo de 2026, específicamente de su artículo sexto. Sin embargo, al homologar ese entendimiento, la autoridad laboral reclamó que el aporte empresario fuera presentado mediante un instrumento independiente. En cumplimiento de ese criterio, el 30 de julio las partes reformularon la cláusula y solicitaron nuevamente su homologación.
La disposición de homologación también deja asentado que la contribución del 2% toma como base los rubros salariales remunerativos, normales, habituales y mensuales, en línea con lo establecido por el Decreto 612/2026. Y establece además que esos fondos deberán contar con una administración especial y ser llevados y documentados por separado respecto del resto de los bienes y fondos sindicales.
6fc2e0 Homologación Acuerdo Constribución Empresaria 76-75 y 577-10 DI-2026-80493724-APN-DNRYRT MCH by Leonardo Villafañe
La particularidad es que, para la UOCRA, el nuevo límite no representa una reducción respecto de lo que ya recibía. “En el caso de la UOCRA no cambia nada, porque siempre fue el 2%”, explicó a El Cronista un vocero del sindicato.
Sin embargo, para el Poder Ejecutivo la formalización es una muestra de la aplicación de la reforma laboral. En su comunicado del jueves, Capital Humano destacó que el entendimiento se alcanzó “de acuerdo con la nueva normativa laboral establecida por la Ley N° 27.802 y su Decreto Reglamentario N° 612/2026” y lo presentó como una señal de cumplimiento del nuevo marco regulatorio.
El trasfondo es el reacomodamiento que produjo el Decreto 612/2026, que acotó la base de cálculo de determinados aportes al excluir conceptos como aguinaldo y plus vacacional, pero también precisó que ciertas contribuciones empresarias pactadas en convenios colectivos quedan bajo el régimen de la Ley de Asociaciones Sindicales y pueden destinarse a fines sociales, asistenciales, previsionales o culturales.
Según fuentes gremiales citadas por El Cronista, esa modificación fue producto de conversaciones entre el Gobierno y la CGT y corrigió uno de los puntos que la central sindical cuestionaba de la reglamentación original.
Una reforma que ya empezó a aplicarse
La Ley de Modernización Laboral 27.802 fue sancionada por el Congreso el 27 de febrero, después de un trámite que atravesó ambas cámaras y terminó con 42 votos a favor, 28 en contra y dos abstenciones en el Senado.
La norma modificó una amplia cantidad de aspectos de las relaciones laborales: introdujo cambios en la organización de la jornada y habilitó mecanismos como el banco de horas; creó incentivos para nuevas contrataciones mediante una reducción temporal de contribuciones patronales; modificó reglas sobre registración, recibos de sueldo y tercerización; introdujo cambios en vacaciones, indemnizaciones y negociación colectiva; y creó el Fondo de Asistencia Laboral.
La reforma ya comenzó a trasladarse a la práctica. El banco de horas tuvo su primer caso concreto en una empresa privada, mientras que el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL) quedó operativo para determinadas nuevas contrataciones, con una reducción de contribuciones patronales durante los primeros 48 meses.
También comenzaron a regir cambios en los recibos de sueldo y nuevas exigencias para las empresas que tercerizan actividades.













