Qué conviene hacer con la herencia: ¿donar en vida o hacer sucesión después?
Cuando llega el momento de pensar qué hacer con el patrimonio propio, los mayores dudan de que forma planificar su herencia: estos son los pros y contras de las dos formas posibles que actualmente autoriza la ley.
Al planificar la herencia, hay muchas cosas que se deben tomar en consideración y la primera de ellas es la forma en la que la persona transmitirá su patrimonio personal hacia los herederos: las vías más comunes son por sucesión o una donación en vida.
Si bien la donación en vida es simple, el proceso de sucesión no lo es tanto y tiene algunas diversificaciones que también hay que tener en cuenta, como lo explicó el abogado Leonardo Glikin en exclusiva con El Cronista.
Glikin, director del Registro de Consultores de Empresa Familiar, certificados del Instituto Argentino de la Empresa Familiar, explicó que una herencia por sucesión puede ser sin testamento o testamentaria.
En el caso de una sucesión sin testamento, dijo el experto, "corresponde que los bienes pasen a los herederos forzosos, que son los hijos en primer lugar, cónyuge respecto de los bienes propios, y no habiendo hijos los padres en concurrencia con el cónyuge".
En cambio, si la sucesión es testamentaria, la persona puede disponer libremente de una parte de su patrimonio. "Habiendo hijos, lo que puede disponer libremente es la tercera parte del patrimonio y habiendo padres vivos, o habiendo cónyuge, puede disponer de la mitad de su patrimonio. A su vez, en caso de que haya alguna persona que sea un heredero forzoso con discapacidad, se puede disponer de una tercera parte más del patrimonio, que le hubiera correspondido a los otros herederos en favor de esa persona con discapacidad", aclaró el abogado.
QUE CONVIENE MÁS: EL PUNTO DE VISTA LEGAL
En primer lugar, Glikin vio necesario aclarar que, hasta el 2020, "las donaciones presentaban un inconveniente muy grave y era que el título proveniente de una donación era un título imperfecto, un título observable, con lo cual faltaba seguridad jurídica y esto afectaba tanto la posibilidad de obtener una hipoteca respecto de ese bien, como la posibilidad de que un comprador decidiera hacer la operación, dado que existía siempre el riesgo de que un heredero eventualmente desplazado hiciera un reclamo".
Sin embargo, este inconveniente fue solucionado a partir de la sanción de una ley durante el año pasado y, por lo tanto, actualmente los títulos provenientes de una donación son tan válidos como los provenientes de una compra-venta.
"Entonces, la decisión de donar el patrimonio en relación a la posibilidad de que se haga una sucesión implica evitar los costos de abogados y de tasa de justicia y el tiempo que demora una sucesión", opinó el especialista.
Si bien se resolvió la problemática de los títulos por donación, el abogado sostiene que igualmente hay algunas cosas que se deben tomar en cuenta a la hora de tomar la decisión de que vía elegir para la herencia.
Desde el lado del tiempo, el abogado opina que, a pesar de que lleve más, una sucesión puede ser mejor: "a veces el tiempo que demanda una sucesión permite a los herederos acomodarse en su nueva situación y no salir compulsivamente a disponer de los bienes recibidos".
"Digamos que cuando alguien dona su patrimonio, aún si lo hace con reserva de usufructo, a partir del momento de su fallecimiento, desde el día siguiente, los herederos están en condiciones de disponer de ese patrimonio sin ningún tipo de control".
Y agrega: "A veces los herederos están muy afectados por la situación del fallecimiento o no tienen la madurez necesaria como para hacer los negocios. Desde ese punto de vista, la sucesión es una manera indirecta de control porque hasta que esté terminada, una persona no va a poder vender los bienes", explicó Glikin.
En el caso de las donaciones, desde el momento en el que se hace la donación, los herederos pasan a ser los titulares de dominio, es decir que son los que figuran en el registro de la propiedad y, de está manera, "al figurar en el registro de la propiedad, automáticamente responden con su patrimonio por las deudas que puedan generar" - aclaró el abogado, y opinó - "paradójicamente, dejar el patrimonio en cabeza de los mayores, siendo que los mayores muchas veces no tienen negocios a su cargo y no corren determinados tipos de riesgos, es una manera de proteger ese patrimonio".
Finalmente, el director del Registro de Consultores de Empresa Familiar, sostuvo que a partir de que se hace una donación, aunque sea con reserva de usufructo, se corren determinados riesgos patrimoniales como por ejemplo frente al deseo de vender la propiedad.
En está línea, dijo: "Si la donación no tiene todas las cláusulas que prevean este tipo de situaciones, podría ocurrir que los herederos dijeran ‘no, vos tenes tu usufructo acá en este inmueble, pero nosotros no vamos a colaborar para que este inmueble se venda y se adquiera otro, aunque sea a nuestro nombre, porque no tenemos por qué incurrir en gastos de escribanía'. Entonces, de alguna manera, está consolidación del patrimonio en cabeza de los donatarios puede ir en contra de la libertad de una persona".
QUE CONVIENE MÁS PARA LOS HIJOS SI SE TRATA DE PROPIEDADES
Santiago Magnin es un especialista en el sector inmobiliario que, en su cuenta de TikTok - @santivende - se dedica a ayudar a sus seguidores a vender propiedades. Cuando le preguntaron que convenía más, si hacer sucesión o una donación en vida, el tiktoker decidió responder desde el punto de vista de los hijos.
Dijo: "Si yo fuera tu hijo te diría que no conviene que me hagas una donación en vida porque me anulas dos posibilidades muy grandes de las cuales dispongo al no tener propiedades, ni siquiera un pequeño porcentaje en condominio con mis hermanos en una pequeña propiedad".
Según el influencer, en primer lugar, con la donación, se anula la posibilidad de que el hijo pueda sacar un crédito hipotecario y pueda comprar una propiedad por sí mismo, ya que en la Argentina "los créditos hipotecarios en la Argentina, en general, son para única vivienda, algunos hasta para primera vivienda nada más", explicó.
Por otro lado, dijo el experto, "cuando uno compra una propiedad y vende esa propiedad, que es una propiedad única de ocupación permanente, tiene una excepción total de Impuesto a las Ganancias y también una excepción total de Impuesto a la Transferencia de Inmuebles, antes, uno reemplaza al otro".
"Por lo tanto, dos grandes desventajas de una donación en vida. Dicho eso, si tu hijo ve que no va a comprar nunca una propiedad, está bueno hacerle una donación en vida porque se evitan todos los gastos de una sucesión" concluyó el especialista.
sepe lios
Bueno borraron mi comentario, basado en experiencias personales, en fin, solo esta permitido una punto de vista y es de los abogados, cuando existe otro punto de vista REAL y que me paso en vida con dos sucesiones y tranferencias en vida, por lejos eviatar suceciones es lo mejor, SI la tasa es bajisima pero no existe ningun abogado que te cobre lo real o sino te lo demora 50 añosy para acelearlo te pide plata, en fin yo entiendo que existen abogados honestos "" pero sera aquellos que hacen suceciones millonarias, porque cuando es por una casa o una empresa familiar la tajada de los abogados es qeudarse con el 50% liquido yd ejarte empleados y gastos a los herederos. Es la realidad muchachos sobran abogados y se amtan por agarrar una sucecion es como cuando sufris un accidente los caranchos revolotean por doquier para agarrar el jucio alq ue el daminifacado agarra el 20% del pago y el resto el abogado.
Hugo di bello
Estimados Sres. de la Redacciòn del Cronista.
por favor podrìan aclarar las duda s que genera este articulo y sus comentarios.NO SE ENTIENDE NADA! quien tiene razòn,pueden ser mas claros .....y pensar en el lector ....tanto los que escriben el articulo como los que hacen los comentarios...si se tienen bronca...encuentrense en la esquina.....
Luciano Gonzalez
Que lástima que haya tantos desesperados y atorrantes en este sitio... Yo no discuto sobre que existan Abogados oportunistas ya que hay malos Abogados como gente mala existe... Pero desinformar a la gente así y transmitir estupideces no se justifica de ningún modo (y aclaro que lo manifiesto por los comentarios más que por la nota...)! Lo cierto es que siempre es mejor esperar a que se la SUCESIÓN... Todas las demás vías, y como tales, se usan como "remedio" ante algunas situaciones... O sea, en una oportunidad con un cliente se optó por la DONACIÓN ya que la idea era únicamente "trasladar" su herencia a sus hijos para que él no tuviera que seguir soportando las altísimas cargas fiscales: después de todo esos bienes iban a ser para sus hijos... Y obviamente que se hizo todo con RESERVA DE USUFRUCTO y el conocimiento y consentimiento de todos en los respectivos instrumentos (escrituras), como debe de ser!
Finalmente resalto algunas verdades leídas:
-Los Abogados son más baratos que los Escribanos;
-La sucesión siempre es mejor que la donación en general, salvo el ejemplo que di;
-En la sucesión hay más control (Juez);
-Para que vas a pagar en vida por algo que dejás a quien o quienes no tuvieron la más de las veces, intervención en su generación (herederos, etc.);
-Hay malos Abogados (poco o nada profesionales que hacen cagas), como ignorantes que veo que opinan aquí; y...
-Pedro Marin sos un TERRIBLE GARCA y ojalá que nadie te contacte por mentiroso que sos... No me voy a gastar en delatar tu mentira, se cae de maduro...
Saludos cordiales a mis colegas, honestos Abogados que como yo, día a día nos dedicamos en dignificar esta bendita profesión!!!
sepe lios
En la sucesión hay más control (Juez), Donde vivo osea del centro alnorte del pais, los jueces estan enganchados con los abogados, en mi pequeña ciudad veo desde que tengo conocimiento y tengo 50 años como un par de abogados junto a un par de jueces se han quedados con los mejroes campos ESTAFANDO a gente ignorante o mas bien herederos ignorantes y aprovechando de gente trabajadora, y otros campos que se vendieron en negociados a grandes inversores forrandose en millones de doalres que no tienen en el pais, fiel ejemplo de nuestra señora ex presidenta ladrona de los Argentinos.
Planta Nuclear
Hay un hecho factico y es q siempre el abogado es mas barato q el escribano. No defiendo abogados pero con un abogado si no venden los honorarios se regulan en base al valor fiscal. Si es un bien bajo el regimen d bien d flia no pueden cobrar mas del 3% y todos los abogados negocian y cobran menos si toca regular por valor real.
El escribano nunca t perdona una decima d honorarios y t cobra tan caros los certificados y la carpeta q pagas lo mismo q con un abogado carisimo.
Sumale la inseguridad d q ni bien donés t metan en un geriatrico y tus herederos t dejen depositado.
Y lo mas importante, q t importa lo q pasará después q mueras. Vas a pagar para dejar tus bienes? Q pague el q los recibe si los quiere heredar
Pedro Marin
Lastima que en la nota no entrevistan a un Asesor Financiero. Una alternativa muy válida y económica desde todo punto de vista y con grandes beneficios impositivos y legales, es hacer una adecuada planificación sucesoria mediante un seguro de vida. El beneficiario no paga impuestos ni honorarios, no entra en sucesión, es liquidez inmediata, inembargable y podés elegís los beneficiarios sin restricciones legales ni montos. Solo hay que estar bien asesorado. Info@prospei.com.ar