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Este viernes, el Gobierno Nacional oficializó el calendario completo de feriados 2026 al confirmar la distribución de los días no laborables con fines turísticos del año entrante.
La decisión se aprobó a través de la Resolución 164/2025, publicada en el Boletín Oficial bajo la firma del jefe de Gabinete, Manuel Adorni.
La medida confirma cuándo serán los tres días no laborables con fines turísticos que le corresponde al Gobierno detallar por ley.
En 2026, estos tres días extra generarán fines de semana largos, de tres o cuatro días, considerados estratégicos para impulsar el turismo interno.
Cuando serán los tres días no laborables para promover el turismo en 2026
El jefe de Gabinete, Manuel Adorni, estableció que el lunes 23 de marzo, el viernes 10 de julio y el lunes 7 de diciembre serán días no laborables adicionales en 2026.
El 23 de marzo se sumará al feriado del martes 24 de marzo (Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia), mientras que el 10 de julio se combinará con el jueves 9 de julio (Día de la Independencia).

Finalmente, el 7 de diciembre completará el último fin de semana XL del año, precediendo al martes 8 de diciembre (Día de la Inmaculada Concepción de María), un feriado inamovible.
Estos forman así tres fines de semana “XL”, es decir, de cuatro días cada uno al sumarlos al fin de semana. Además, en Semana Santa y Carnaval también habrá descansos extralargos, mientras que habrá otros siete fines de semana de tres días gracias a los feriados trasladables.
Según la resolución, estos días “contribuyen a disminuir los efectos negativos de la estacionalidad del sector turístico, procurando distribuir la actividad turística en el tiempo”.
El objetivo es que estos descansos de cuatro días consecutivos beneficien a sectores turísticos como la hotelería, la gastronomía y el transporte.
El Gobierno dispuso esta norma amparado bajo la Ley N° 27.399, la cual lo faculta a fijar anualmente hasta tres días feriados o no laborables destinados a promover la actividad turística, que deben coincidir con lunes o viernes.
La resolución, firmada por Manuel Adorni mediante el expediente EX-2025-115216068-APN-DGDYLI#JGM, entrará en vigencia desde el día siguiente a su publicación.

Fuente: Archivo
El calendario completo de feriados 2026
Enero
- Jueves 1: Año Nuevo (feriado inamovible)
Febrero
- Lunes 16 y martes 17: Carnaval (feriados inamovibles)
Marzo
- Lunes 23: día no laborable con fines turísticos
- Martes 24: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia (feriado inamovible)
Abril
- Jueves 2: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas (feriado inamovible) y Jueves Santo (día no laborable)
- Viernes 3: Viernes Santo (feriado inamovible)
Mayo
- Viernes 1: Día del Trabajador (feriado inamovible)
- Lunes 25: Día de la Revolución de Mayo (feriado inamovible)
Junio
- Lunes 15: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes (feriado trasladable)
- Sábado 20: Paso a la Inmortalidad del General Don Manuel Belgrano (feriado inamovible)
Julio
- Jueves 9: Día de la Independencia (feriado inamovible)
- Viernes 10: día no laborable con fines turísticos
Agosto
- Lunes 17: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín (feriado trasladable)
Octubre
- Lunes 12: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (feriado trasladable)
Noviembre
- Lunes 23: Día de la Soberanía Nacional (feriado trasladable)
Diciembre
- Lunes 7: día no laborable con fines turísticos
- Martes 8: Día de la Inmaculada Concepción de María (feriado inamovible)
- Viernes 25: Navidad (feriado inamovible)












