En marzo aumenta un 14 % la Prestación Básica Universal de internet: ¿Cómo acceder?

El Enacom autorizó el aumento esta semana de la Prestación Básica Universal de internet para los sectores más vulnerables y pasará a valer hasta $ 800, ¿Quiénes pueden acceder y como?

El Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) autorizó este miércoles mediante la resolución 205/2021 publicada en el Boletín Oficial, un aumento del 14 % en los servicios de internet otorgados por la Prestación Básica Universal (PBU) a los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH), jubilados y pensionados, entre otros.

La Prestación Básica Universal y Obligatoria para el Servicio de Valor Agregado de Acceso a Internet (PBU-I) será otorgada por parte de prestadores de más de 50.000 accesos de por lo menos 10 megabits por segundo (Mbps) y su valor será de $ 800 para el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA). En el resto del país aplicará a partir de los 5 Mbps y el precio será el mismo.

Si el prestador posee entre 2.000 y 50.000 accesos, la PBU-I también seguirá las normas establecidas para todo el país excepto AMBA: 5Mbps por $800. Por su parte, el beneficiario puede optar por acceder al plan de menor velocidad con un descuento del 30 % y si el prestador es de menos de 2.000 accesos, serán 2 Mbps por $ 685.

Con estos nuevos valores, el aumento específico es de un 14,28 % y un 14,16 % respectivamente. Ante esto, el organismo también ratificó que facilitará el "acceso a Aportes No Reembolsables (ANR) para cambio tecnológico" para que el operador obtenga la infraestructura necesaria para poder brindar 5Mbps.

¿QUIENES PUEDEN ACCEDER?

Podrán acceder al programa los beneficiarios de las siguientes prestaciones y sus hijos e hijas o tenencias de entre 16 y 18 años:

  • Asignación Universal por Hijo (AUH)

  • Asignación por Embarazo (AUE)

  • Sus hijos e hijas de entre 16 y 18 años y miembros de su grupo familiar.

  • Pensiones no Contributivas con ingresos mensuales brutos no superiores a 2 Salarios Mínimos Vitales y Móviles

  • También sus hijos e hijas de entre 16 y 18 años.

  • Usuarios inscriptos y usuarias inscriptas en el Régimen de Monotributo Social

  • Jubilaciones y pensiones,

  • Trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a 2 Salarios Mínimos Vitales y Móviles,

  • Trabajadores monotributistas inscripto en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere 2 Salarios Mínimos Vitales y Móviles,

  • Seguro de desempleo,

  • Usuarios y usuarias incorporados e incorporadas en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares (Ley 26.844),

  • Becas Progresar,

  • Personas que se encuentren desocupadas o se desempeñen en la economía informal,

  • Beneficiarias y beneficiarios de programas sociales,

  • Clubes de Barrio y de Pueblo que se encuentren registrados conforme lo dispuesto por la Ley N° 27.098.

¿CÓMO ACCEDER?

El trámite debe realizar con la empresa que se haya elegido como prestadora de los servicios, esta pedirá una declaración jurada disponible en la página del ENACOM: https://www.enacom.gob.ar/declaracion-jurada-prestacion-basica-universal_p4798.

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