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El Gobierno introdujo a último momento una concesión clave para los municipios en el proyecto vinculado a la reforma del Régimen de Zona Fría y los cargos en las facturas de electricidad: allí habilitó que se puedan cobrar conceptos vinculados al alumbrado público, siempre que aparezcan discriminados, dejando de lado el cobro de cualquier otra tasa.
El cambio fue planteado minutos antes de la votación que tuvo lugar el miércoles por la noche en el recinto de Diputados y estuvo a cargo del legislador mendocino de LLA y titular de la Comisión de Energía Facundo Correa Llano, quien operó como miembro informante del proyecto del oficialismo.
En el artículo 5 del dictamen original se establecía que “…los distintos conceptos se discriminarán en la factura al usuario, la que no podrá incluir rubros ajenos al servicio de energía eléctrica ni conceptos inherentes a los bienes y servicios facturados, sin perjuicio de aquellos conceptos inherentes al servicio público de distribución eléctrica previstos por las jurisdicciones provinciales o municipales conforme a sus respectivos marcos regulatorios y normas locales aplicables…”.

Allí se pidió incorporar la frase “sin perjuicio del alumbrado público”, lo que habilita un canal de cobro para los intendentes.
La incorporación fue interpretada como una marcha atrás parcial del Ejecutivo frente al reclamo de gobernadores e intendentes, que venían advirtiendo sobre el impacto fiscal que tendría prohibir totalmente el cobro de tasas municipales en las facturas de servicios públicos.
En los últimos meses, la Casa Rosada había endurecido su postura contra las denominadas “tasas municipales encubiertas” incluidas en las boletas de luz y gas. El argumento oficial era que muchos municipios utilizaban las facturas de servicios para sumar conceptos sin relación directa con el consumo energético, encareciendo el costo final para usuarios y empresas.
Sin embargo, durante las negociaciones apareció un punto de equilibrio. El nuevo texto mantiene la prohibición de incorporar cargos “ajenos” al servicio eléctrico, pero preserva la posibilidad de cobrar conceptos considerados inherentes a la distribución de energía o autorizados por marcos regulatorios provinciales y municipales.
Entre ellos aparece el caso más sensible: el alumbrado público. En gran parte del país, los municipios financian el mantenimiento y funcionamiento de las luminarias urbanas mediante tasas incluidas en la factura eléctrica. La eliminación total de ese mecanismo hubiera generado un fuerte agujero fiscal en las administraciones locales.
La redacción final también busca introducir un criterio de transparencia. Los cargos adicionales deberán aparecer discriminados en la boleta, es decir, identificados de manera separada del consumo eléctrico propiamente dicho. De esta forma, el usuario podrá distinguir cuánto paga por energía y cuánto corresponde a contribuciones locales.
El cambio fue leído en el sector como una señal política hacia los gobernadores, en medio de la tensión creciente entre Nación y provincias por la caída de la recaudación y el ajuste sobre las transferencias nacionales.
El origen de la disputa
El gobierno nacional había dispuesto, a través de la resolución 267/2024, que las provincias y municipios no podrían incluir impuestos ni tasas locales en las facturas de servicios públicos esenciales como luz y gas.
medida obliga a que las boletas reflejen únicamente el costo del servicio contratado, quedando prohibida la incorporación de conceptos ajenos a su naturaleza, como tasas de seguridad e higiene, aportes a bomberos o contribuciones para hospitales municipales.
Esa política de Milei chocó de frente con los intendentes, que dependen de ese cobro. Varios municipios hicieron presentaciones ante la Justicia contra la medida y obtuvieron fallos favorables, por lo que Edesur continuó cobrando la tasa de alumbrado público en su factura en distritos como Almirante Brown, Lomas de Zamora, Lanús, Quilmes, Esteban Echeverría, Ezeiza, Cañuelas y San Vicente.
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