

El Juzgado en lo Correccional N° 6 de San Isidro dictó un veredicto condenatorio en una causa vinculada a una maniobra destinada a alterar el desarrollo de un juicio por el robo cometido en 2013 en el domicilio de la familia Massa-Galmarini, en Tigre.
El fallo, firmado por el juez Hernán Sergio Archelli el 7 de abril de 2026, determinó la responsabilidad penal de un exfiscal, dos abogados y un testigo por haber intervenido en un entramado orientado a producir prueba falsa con el objetivo de favorecer al principal acusado del hecho original.
“Se metieron con mi familia. Intentaron ensuciar la verdad y terminaron CONDENADOS.El fiscal destituido Washington Palacios, los abogados Tomás Pérez Bodria y Esteban Español y el falso testigo César Jaunarena armaron una mentira para torcer una causa.La justicia tarda pero llega”, posteó Malena Galmarini en sus redes sociales.
Y añadió: “13 años de mentiras, operaciones, ventajas políticas y corrupción llegaron a su fin.Se metieron en mi casa y con mi familia. Quisieron falsear la verdad para ensuciarnos e involucraron a mis hijos en su mierda. La condena es clara: NO TODO VALE.”
La causa se remonta al 21 de julio de 2013, cuando se produjo un episodio que la Justicia caracterizó como “un amedrentamiento político disfrazado de robo” en la vivienda de la familia Massa-Galmarini. En ese contexto, fue condenado a 13 años de prisión efectiva Alcides Gorgonio Díaz, miembro de la Prefectura Naval, sentencia que fue confirmada posteriormente por el Tribunal de Casación.
Sin embargo, el eje del nuevo fallo se centra en una maniobra posterior desarrollada entre noviembre de 2014 y marzo de 2015. Según el veredicto, se trató de “una maniobra coordinada destinada a socavar la validez de la actuación fiscal y policial para favorecer la situación procesal de Díaz”.
El tribunal tuvo por acreditado que el entonces fiscal de la UFI N° 1 de Pilar, Carlos Washington Palacios, junto con los abogados Tomás Pérez Bodria y Esteban Español, y el testigo César Emiliano Jaunarena, participaron de un esquema destinado a introducir prueba falsa en el proceso judicial.
En ese marco, el fallo señala que Palacios “desvió deliberadamente la investigación de su objeto legítimo” y que, en lugar de investigar las amenazas denunciadas, orientó su accionar a desacreditar las pruebas del caso original.
La resolución detalla además que los abogados “asesoraron e instruyeron a Jaunarena para que declarara falsamente”, mientras que el propio testigo “prestó declaraciones falsas” tanto en sede fiscal como en el juicio oral, incorporando circunstancias inexistentes con el objetivo de debilitar la acusación.
La coordinación entre los involucrados quedó respaldada por registros telefónicos, grabaciones y testimonios, entre ellos el del comisario Gabriel Natiello, quien afirmó que se le solicitó modificar su versión de los hechos antes del juicio.
El fallo también retoma antecedentes administrativos: en 2019, el Jurado de Enjuiciamiento de la provincia de Buenos Aires ya había destituido a Palacios por unanimidad, al considerar acreditado un “accionar irregular y anómalo” en el ejercicio de su función.
En la sentencia penal, el juez sostuvo que los imputados realizaron “actividad tendiente a prestar ayuda a Gorgonio Díaz [...] para que pudiera sustraerse del accionar de la justicia”, mediante la producción de prueba falsa y la manipulación de testimonios.

El tribunal resolvió condenar a Carlos Washington Palacios a seis años de prisión y doce años de inhabilitación para ejercer cargos públicos; a Tomás Ángel Pérez Bodria y Esteban Mauricio Español a cinco años de prisión e inhabilitación para ejercer la abogacía por el mismo plazo y a César Emiliano Jaunarena a cuatro años de prisión.
Al momento de fijar las penas, el juez destacó la “gravedad institucional de los hechos” y la “erosión al sistema de administración de justicia”, así como el “entrecruzamiento de vínculos ilícitos” y el uso del aparato judicial con fines espurios.
El veredicto marca así el cierre de un capítulo paralelo al caso original, con un foco puesto en las responsabilidades penales derivadas de la manipulación del proceso judicial.














