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El Gobierno nacional envió al Congreso un proyecto de ley que propone cambios en la Ley de Emergencia en Discapacidad, modificando el régimen de pensiones por invalidez.

La iniciativa, denominada “Contra el Fraude de Pensiones por Invalidez”, apunta a endurecer los requisitos de acceso, reforzar los controles y eliminar beneficios que hasta ahora estaban garantizados por la normativa vigente.

Pensión por discapacidad: los cambios que planea el Gobierno

El proyecto de ley plantea la derogación de los artículos 5, 8, 9, 14 y 20 de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad, que establecían criterios de universalidad y protección del beneficio. De aprobarse, la normativa retrotraería el sistema al modelo previo a la sanción de la Ley 27.793, eliminando avances logrados en materia de acceso, cobertura y derechos para las personas con discapacidad.

Uno de los puntos centrales es la implementación de un reempadronamiento obligatorio para todos los titulares de pensiones por invalidez. Los beneficiarios deberán volver a acreditar su condición médica, situación socioeconómica y antecedentes laborales. Quienes no cumplan con este requisito sufrirán una suspensión automática preventiva del beneficio y podrían perder la pensión.

Si bien el proyecto contempla el derecho a defensa y al debido proceso, establece que la carga de la prueba recaerá sobre los propios beneficiarios, lo que implica un cambio significativo respecto del sistema actual.

Además, la iniciativa incorpora un régimen de fiscalización más estricto, con cruces de información entre ANSES, ARCA, SINTyS y otros organismos públicos, con el objetivo de detectar inconsistencias en los pedidos y en los beneficios ya otorgados.

Qué pasará con el monto de la pensión por discapacidad

El nuevo sistema fija el monto de la pensión no contributiva por invalidez en el 70% del haber mínimo jubilatorio. Sin embargo, elimina la facultad del Poder Ejecutivo para otorgar aumentos adicionales por invalidez laboral o por residir en zonas geográficas desfavorables.

Otro cambio relevante afecta al sistema de prestaciones. El proyecto suprime el piso mínimo de aranceles homogéneos y modifica el esquema de financiamiento y organización.

En este sentido, habilita la firma de convenios entre la Nación, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para la administración y distribución de fondos, lo que en la práctica elimina el nomenclador nacional y desregula la negociación entre prestadores, obras sociales y prepagas.

En cuanto a las actualizaciones, los aranceles de las prestaciones se actualizarán de forma trimestral o por IPC en caso de demoras, mientras que se incorpora una compensación de emergencia para prestadores, también vinculada a la inflación, pero sin un piso mínimo garantizado.

Otros puntos clave del proyecto de ley

Uno de los aspectos más controversiales de la iniciativa es que establece la incompatibilidad absoluta entre la pensión y cualquier empleo formal o inscripción en regímenes laborales.

De aprobarse, la norma eliminaría la posibilidad de que una persona con discapacidad acceda a un trabajo registrado sin perder el beneficio, una condición que había sido incorporada para fomentar la inclusión laboral.

Además, el proyecto avanza sobre los incentivos a empresas y organizaciones que promovían la contratación de personas con discapacidad, ya que elimina los incisos vinculados a programas de inclusión y reconocimiento empresarial, reduciendo los estímulos para la integración al mercado laboral formal.