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El gobierno de Javier Milei modificó el régimen Exporta Simple y habilitó que pequeñas exportaciones alcanzadas por derechos de exportación también puedan operar bajo el esquema simplificado pensado para pymes y emprendedores.
La medida fue oficializada a través de la Resolución General Conjunta 5846/2026 de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y el Ministerio de Economía, publicada este jueves en el Boletín Oficial.
Hasta ahora, el régimen tenía una limitación importante: no podían utilizarlo bienes que pagaran retenciones. Con el cambio, esas mercaderías podrán exportarse igualmente mediante Exporta Simple, aunque con límites específicos.
La nueva normativa fija un tope de hasta US$ 15.000 por operación y un máximo anual de US$ 600.000 por exportador.
El esquema está pensado especialmente para:
- pequeñas y medianas empresas,
- emprendedores,
- fabricantes de nicho,
- y exportadores de menor escala que buscan vender al exterior sin atravesar toda la estructura administrativa tradicional del comercio exterior.
Además, la resolución incorpora otro cambio relevante: quienes operen bajo este sistema también podrán acceder a estímulos y beneficios a la exportación previstos para operaciones convencionales.
Desde el Gobierno se amparan en el decreto 70/2003 sostienen que el objetivo es ampliar herramientas de exportación simplificada y reducir fricciones burocráticas para empresas pequeñas que venden productos argentinos al exterior.
Explícitamente se afirma que se busca “reconstruir la economía a través de la inmediata eliminación de barreras y restricciones estatales que impiden su normal desarrollo, así como de la adopción de medidas que promuevan una mayor inserción en el comercio mundial”.
Paso a Paso
Francisco Zoppi, director de Tito Cademartori de Argentina, dialogó con El Cronista y explicó los alcances de la medida.
“Es un régimen de incentivo a pequeños exportadores que pueden hacer envíos de hasta 15 mil dólares, con factura E y hasta 300 kilos. Tienen que ser productos nacionales, no pueden ser importados”, comentó el especialista.
Los interesados, sin inscribirse en como importador-exportador, sino desde el régimen general, se escriben como exportador simple.
“La persona que tiene una web y le piden desde el exterior, le hace el envío. Después tiene todas las regulaciones de la exportación. Si es monotributista al adherirse al Exporta Simple, lo va a poder hacer”, añadió.
La modalidad tiene la posibilidad de recupero de IVA y tiene que cumplir el cupo de 600 mil anuales.
No se necesita un despachante, sino que lo retira el operador logístico: “Es como una especie de courrier, pero en vez de ser de ‘impo’ es para ‘expo’”.
El único problema podría ser sobre barreras en el país de destino que, seguramente, será explicado por la empresa que hace el traslado: “Si vos querés exportar carne premium, seguramente vas a tener otros requisitos”.
Flexibilización de exportaciones chicas pero con retenciones
Hasta ahora, el régimen simplificado no podía utilizarse para mercadería alcanzada por derechos de exportación, incluso cuando se tratara de pequeñas operaciones. Con el cambio, también podrán ingresar productos industriales, agroindustriales y manufacturas que pagan retenciones. Antes el régimen simplificado estaba vedado para mercadería con DEX superiores a 0%.
La norma está pensada para pequeños exportadores. En esas categorías podrían entrar las ecommerce, diseño, alimentos boutique, software/hardware físico, y productos regionales.
Desde cuándo se aplican los cambios de Exporta Simple
A pesar de haber sido publicada en el Boletín Oficial, la resolución conjunta de ARCA y el Ministerio de Economía tiene una fecha posterior de aplicación.
En el texto publicado se informa que la norma entrará en vigencia “a los VEINTE (20) días hábiles de su publicación en el Boletín Oficial”, es decir, entrado el mes de junio próximo.
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