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Balotaje 2023: cómo se cuenta el voto en blanco, a quién favorece y cómo impacta en el resultado

Este domingo 19 de noviembre se llevará a cabo la segunda vuelta de las elecciones 2023. ¿Cómo afectan los votos en blanco?

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El balotaje 2023 definirá quién será el próximo presidente de la Argentina en el período 2023-2027. Las encuestas indican un escenario bastante ajustado, por lo que parece que el resultado de las elecciones se determinará por pocos puntos.  

Ante la incertidumbre por saber a dónde irán los votos de las personas indecisas, los electores se preguntan cómo se cuenta el voto en blanco y a quién favorece.

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¿Qué son los votos en blanco?

Los votos en blanco están dentro de la categoría de los válidos, según la Cámara Nacional Electoral (CNE). Son la manifestación del electorado de abstenerse de elegir entre las propuestas en el sistema legal de sufragio.

Al votar en blanco, la población manifiesta su disconformidad con todos los candidatos y con las propuestas formuladas por los partidos políticos. 

Balotaje 2023: ¿cómo se cuentan los votos en blanco y a quién favorece?

La Constitución Nacional de 1994 establece que los únicos votos que se contabilizan en el balotaje son aquellos que son afirmativos válidamente emitidos.  

En la segunda vuelta, los votos en blanco se dejan de lado y no se cuentan en el porcentaje final. Sólo se contabilizan aquellos que hayan elegido alguna de las boletas válidas para sufragar. 

Por ejemplo, si una de las fórmulas obtuvo 6 votos, la otra sacó 4 y hubo 5 votos en blanco, quiere decir que la primera fórmula logró el 60% y la segunda 40%.

¿Cómo se cuentan los votos en blanco en las PASO?

En las Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), los votos en blanco se contabilizan distinto a las generales y al balotaje. El porcentaje de votos en blanco se suma al total de sufragios de las diferentes listas. 

De esta forma, son contabilizados dentro del porcentaje final, ya que las listas deben pasar el umbral del 1,5% de los votos totales para superar las PASO.

En el ejemplo de si una de las fórmulas obtuvo 6 votos, la otra sacó 4 y hubo 5 votos en blanco, quiere decir que la primera fórmula logró el 40%, la segunda el 26,66% y los votos en blanco fueron de 33,33%.  

Balotaje 2023: ¿cuáles son todos los tipos de votos?

Votos válidos: 

son los emitidos mediante boleta oficializada, aun cuando tuvieren tachaduras de candidatos, agregados o sustituciones (borratina). Si en un sobre aparecieren dos o más boletas oficializadas correspondientes al mismo partido y categoría de candidatos, sólo se computará una de ellas destruyéndose las restantes.

Votos nulos: 

Son aquellos emitidos:

a) Mediante boleta no oficializada, o con papel de cualquier color con inscripciones o imágenes de cualquier naturaleza;

b) Mediante boleta oficializada que contengan inscripciones y/o leyendas de cualquier tipo, salvo los supuestos del apartado I anterior;

c) Mediante dos o más boletas de distinto partido para la misma categoría de candidatos;

d) Mediante boleta oficializada que por destrucción parcial, defecto o tachaduras, no contenga, por lo menos sin rotura o tachadura, el nombre del partido y la categoría de candidatos a elegir;

e) Cuando en el sobre juntamente con la boleta electoral se hayan incluido objetos extraños a ella.

Votos en blanco:

Cuando el sobre estuviere vacío o con papel de cualquier color sin inscripciones ni imagen alguna.

Votos recurridos: 

Son aquellos cuya validez o nulidad fuere cuestionada por algún fiscal presente en la mesa. En este caso el fiscal deberá fundar su pedido con expresión concreta de las causas, que se asentarán sumariamente en volante especial que proveerá la Junta.

Dicho volante se adjuntará a la boleta y sobre respectivo, y lo suscribirá el fiscal cuestionante consignándose aclarado su nombre y apellido, el número de documento cívico, domicilio y partido político a que pertenezca. Ese voto se anotará en el acta de cierre de comicio como "voto recurrido" y será escrutado oportunamente por la Junta, que decidirá sobre su validez o nulidad.

El escrutinio de los votos recurridos, declarados válidos por la Junta Electoral, se hará en igual forma que la prevista en el artículo 119 in fine.

Votos impugnados:

 Según los artículos 91 y 92, se impugnará el voto cuando no haya sido verificada la identidad del votante o la haya falseado.

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¿Cuáles son los documentos válidos para votar?

Según la CNE,  todos los documento cívico que figura en el padrón o posteriores son válidos para votar.

  • LIBRETA CÍVICA
  • LIBRETA DE ENROLAMIENTO
  • DNI LIBRETA VERDE
  • DNI LIBRETA CELESTE
  • DNI TARJETA

A partir de las ELECCIONES GENERALES los DNI VERDES se clasificarán en el PADRÓN de la siguiente manera:
DNI: DNI-VERDE • DNI DUPLICADO: DNI-VERDE-2 • DNI TRIPLICADO: DNI-VERDE-3 • DNI CUADRUPLICADO: DNI-VERDE-4 • DNI E-A; DNI E-B; DNI E-C; etcétera.

Quienes en su documento tarjeta tengan la leyenda "NO VÁLIDO PARA VOTAR", podrán de igual forma emitir el sufragio.

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