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A partir de este lunes, ANSES avanza con los pagos mensuales a los jubilados y pensionados, la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación Universal por Embarazo, de acuerdo al último número del Documento Nacional de Identidad (DNI).
Los beneficiarios también verán acreditado el monto de hasta $ 18.000 de la Tarjeta Alimentar el mismo día y en la misma cuenta en la que los titulares de la AUH y AUE reciben sus prestaciones, los cuales pueden consultarse en la página de MI ANSES, a través de este link.
Otro monto que paga el organismo dirigido por Fernanda Raverta y que podrá cobrarse desde este lunes, es la Asignación Pago Único (APU) que otorga hasta $ 51.119 por única vez en el año para titulares de la AUH, así como grupos de monotributistas y trabajadores registrados.

ANSES paga $ 51.119 a estos beneficiarios: ¿quiénes pueden cobrarlo?
Quienes pueden acceder a la Asignación Pago Único (APU) son los siguientes:
- Trabajadores registrados (Sistema Único de Asignaciones Familiares -SUAF-)
- Titulares de la Prestación por Desempleo.
- Trabajadores que cobren por una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART).
- Trabajadores de temporada.
- Titulares de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.

ANSES paga $ 51.119 a estos beneficiarios: requisitos
Cabe destacar que la la prestación económica cuenta con tres variantes:
- Asignación por Nacimiento
- Asignación por Adopción
- Asignación por Matrimonio
Para percibir la Asignación por Nacimiento, se debe presentar:
- Partida de nacimiento.
- DNI del recién nacido.
Documentación para cobrar la Asignación por Matrimonio:
- Certificado de matrimonio.
- Documento Nacional de Identidad del cónyuge.
- Cuando se trate de segundo o posterior matrimonio, deberá acreditarse el divorcio con la sentencia respectiva. En los casos de divorcio en el extranjero se requerirá la documentación en iguales condiciones que para acreditar el matrimonio.
- En caso de corresponder, adjuntar certificado de defunción del anterior cónyuge.
Para percibir la Asignación por Adopción, se debe presentar:
- Partida de nacimiento, con mención de la adopción (nueva partida para adopción plena o partida con anotación marginal para adopción simple).
- Testimonio de la sentencia de adopción.
- Documento Nacional de Identidad con el nuevo apellido.













