Monotributo

AFIP: la exorbitante multa que te pone el organismo si no cumplís con este pago

Cada seis meses los motributistas deben realizar un trámite de manera simple y en pocos pasos. ¿Cómo hacerlo y evitar la multa?

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) pide a los titulares del monotributo que realicen el trámite en la sección oficio, para la recategorización. Dicho procedimiento es muy importante para evitar multas y sanciones económicas por parte del organismo.

Los monotributistas tienen la obligación de presentar ciertos documentos fiscales sobre su patrimonio, como es el caso de la declaración jurada

Por otra parte, es obligatorio estar al día con la presentación de la declaración jurada de AFIPo se aplicará una multa del 100% al monto que no se pagó. "El pago de impuestos mediante la falta de presentación de declaraciones juradas o por ser inexactas las presentadas", dice el ente fiscal.

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Monotributo 2023: ¿qué es la recategorización?

La recategorización del monotributo consiste en la evaluación de los parámetros que deben realizar los monotributistas para saber en qué categoría se encuentran y si deben modificarla. 

Monotributo 2023: ¿cuándo hacer la recategorización?

El trámite debe ser realizado por el titular del monotributo en un periodo de 6 meses y las fechas disponibles son del 1 al 20 de enero y de julio. Algo importante a tener en cuenta, es que deben contar con la información de la actividad de los últimos 12 meses. 

Monotributo 2023: ¿qué parámetros se deben tener en cuenta?

En relación a los últimos 12 meses, se debe tener en cuenta las siguientes actividades. En caso de hayan ocurrido cambios en ellas, lo monotributistas deberán recategorizarse de manera obligatoria.

  • ingresos brutos acumulados;
  • energía eléctrica consumida;
  • alquileres devengados y/o superficie afectada a la actividad.

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Monotributo 2023: ¿qué pasa si me categorizaron mal?

Si la recategorización de oficio no me corresponde, se debe realizar un reclamo a AFIP y esperar un plazo de 15 días hábiles para la nueva categoría. 

Monotributo 2023: ¿quiénes no pagan la multa por no cumplir el requisito?

Sólo aquellos pequeños contribuyentes que se hayan inscripto por primera vez en el régimen no pagarán una multa. Es decir, la AFIP no efectuará ninguna sanción sobre ellos, ya que los titulares el monotributo no saben cómo avanzará su negocio recién iniciado. 

Monotributo 2023: ¿cómo hacer la recategorización?

  1. Entrá al sitio de AFIP e ingresá tu número de CUIT/CUIL/CDI y tu clave fiscal.
  2. Entrá a la opción recategorización presionando sobre el botón Recategorizarme.
  3. El sistema te va a mostrar tu categoría actual y los topes de cada parámetro de esa categoría. Luego de revisar las escalas vigentes, presioná el botón Continuar recategorización.
  4. Informá el monto facturado en los últimos 12 meses.
  5. Donde el sistema te pregunta si tenés o usás un local, seleccioná la opción que corresponda. Si es No, hacé clic en Continuar.
  6. Ingresá los datos correspondientes a tu actividad que te pide el sistema, para determinar tu nueva categoría.
  7. El sistema te mostrará la categoría que te corresponde según los datos que aportaste.
  8. Si los datos no son correctos, presioná en el botón Volver para arreglar los errores. Si los datos están bien, hacé clic en Confirmar categoría.
  9. El sistema te va a informar que la transacción se hizo correctamente y vas a poder imprimir tu nueva credencial.

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Categorías del monotributo 2023

  • Categoría A: de los $ 748.382 actuales a $ 999.657 anuales o $ 83.305 por mes.
  • Categoría B: de los $ 1.112.459 actuales a $1.485.976 anuales o $ 123.831 por mes.
  • Categoría C: de los $ 1.557.443 actuales a $ 2.080.367 anuales o $ 173.363 por mes.
  • Categoría D: de los $ 1.934.273,04 actuales a $ 2.583.720 anuales o $ 215.310 por mes.
  • Categoría E: de los $ 2.277.684 actuales a $ 3.042.435 anuales o $ 253.536 por mes.
  • Categoría F: de los $ 2.847.105 actuales a $ 3.803.043 anuales o $ 316.920 por mes.
  • Categoría G: de los $ 3.416.526 actuales a $ 4.563.652 anuales o $ 380.304 por mes.
  • Categoría H: de los $ 4.229.985 actuales a $ 5.650.236 anuales o $ 470.853 por mes.
  • Categoría I: de los $ 4.734.330 actuales a $ 6.323.918 anuales o $ 526.993 por mes
  • Categoría J: de los $ 5.425.770 actuales a $ 7.247.514 anuales o $ 603.959 por mes.
  • Categoría K: de los $ 6.019.594 actuales a $ 8.040.721 anuales o $ 670.060 por mes.
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