Opinión

Cavani llegó a la Argentina y ahora le toca a la AFIP: ¿qué impuestos deberá pagar?

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El delantero uruguayo Edinson Cavani fue noticia con su arribo a Boca Juniors. El sueño de muchos, incluido el del jugador, que manifestó estar deseoso de jugar en el Xeneize, ya está en marcha.

En su presentación oficial, realizada en La Bombonera ante un numeroso grupo de hinchas, brindó su primera conferencia de prensa y afirmó: "Voy a defender esta camiseta como si fuera el club de toda mi vida".

Es muy probable que el arribo del goleador no sólo haya puesto feliz al pueblo boquense, sino también a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que se prepara para cobrar los impuestos correspondientes.

Ahora bien, ¿qué tributos deberá abonar Cavani durante su paso por Boca? Para contestar a esta pregunta, hay que considerar varios factores que inciden en la situación del futbolista ante el fisco nacional.

Rentas gravables de residentes y no residentes

Las rentas del jugador podrán ser clasificadas en dos, según donde se generen: de fuente nacional (o sea, las originadas en la Argentina) o extranjera (que son las del exterior). Por ese motivo, el primer aspecto que hay que considerar es su residencia fiscal.

En caso de que el artillero sea no residente (como en el presente caso, pues Edinson viene de residir en otros países), deberá abonar el Impuesto a las Ganancias exclusivamente por las rentas generadas en el país. Aplicará una alícuota progresiva que -dado el salario que percibirá, según trascendidos- llegará fácilmente al 35 por ciento.

Por el contrario, si Cavani decidiera fijar su residencia fiscal en la Argentina (algo poco probable), entonces todo lo que genere, sea en nuestro país o en el exterior, quedará en la misma bolsa y estará alcanzado por Ganancias.

No obstante, existe una figura especial que seguramente aplique al futbolista (en realidad, aplica a cualquier otro deportista, profesional o trabajador no residente): el no residente con permanencia.

Pocos lo conocen, pero se trata de un régimen con beneficios muy atractivos que se encuentra desde hace tiempo en nuestra legislación. Algo así como un oasis en medio de uno de los más violentos infiernos fiscales.

¿Vacaciones fiscales para Edinson?

La idea de la figura "no residente con permanencia" es permitirles a los extranjeros que sólo vienen al país para cumplir con un contrato determinado instalarse sin la necesidad de tener que tramitar todos los papeles para su residencia ni pagar todos los impuestos que afronta un residente argentino.

¿Qué contempla? En estos casos, si el deportista o profesional viniese a trabajar a la Argentina por un tiempo mayor a los 6 meses y menor a los 5 años, podría ser considerado como un no residente.

Dado que Cavani firmó un contrato hasta diciembre de 2024, deberá abonar Ganancias sólo por el resultado de sus ingresos como jugador xeneize o por cualquier otra renta que tenga su origen en nuestro país.

En cambio, los ingresos que le pague la AUF quedarán fuera del alcance de la AFIP, así como los pagos por publicidad fuera del país (no así si se tratase de una empresa nacional, ya que ese ingreso será considerado de fuente argentina).

Del mismo modo, si el uruguayo tuviera rentas provenientes de inversiones que realizó en Uruguay u otro punto del planeta, no estarán al alcance del organismo de recaudación nacional.

Su situación ante el fisco argentino podría cambiar después si, finalizado el contrato, le renovasen hasta fines del año 2028. En ese caso, a partir del quinto año deberá pagar como cualquier residente de nuestro país.

¿Y Bienes Personales?

Con este impuesto patrimonial -cuya presión ha aumentado desmedidamente con el Gobierno actual- se aplica un tratamiento similar al de Ganancias para casos como el analizado.

Durante los primeros cinco años de permanencia en el país, el goleador tributará únicamente por el patrimonio que posea o adquiera en la Argentina.

Por el contrario, los activos que Cavani posea fuera de nuestro país -al menos en ese período de permanencia- quedarán fuera del alcance del organismo de recaudación nacional.

Entonces, si los pesos obtenidos del club fuesen remitidos, por ejemplo, a una cuenta en los Estados Unidos mediante el mecanismo "Contado con Liquidación", el jugador dejaría de tributar por esos activos durante sus 5 años de vacación fiscal.

Está todo dado para que comience a rodar el balón. Desde lo económico, Cavani podrá estar tranquilo de que, durante un buen período, sus rentas y patrimonio en el exterior se encontrarán a salvo de uno de los fiscos más voraces del planeta, gracias a unas sabias normas incluidas desde hace tiempo en nuestra legislación.

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