

A partir del 3 de noviembre de 2026 a las 23:59, según el horario del este de Estados Unidos (EST), las aerolíneas deberán exigir una declaración jurada individual a cada pasajero que embarque en un vuelo internacional con destino a Estados Unidos.
El documento deberá certificar que la persona no estuvo en la República Democrática del Congo (RDC) durante los 21 días anteriores al viaje.
La disposición fue establecida por el Centro para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC) como parte de las medidas preventivas frente al brote de ébola. Quienes no presenten la certificación ni cuenten con una exención oficial no podrán abordar el avión, incluso si tienen su pasaporte, visa y demás documentos migratorios en regla.
Qué declaración exigirán a todos los viajeros desde el 3 de noviembre
La nueva normativa establece que cada pasajero deberá completar y firmar una certificación en la que declare que no estuvo físicamente en la República Democrática del Congo durante los 21 días anteriores a su vuelo.
La obligación alcanza a todas las personas que viajen desde cualquier país extranjero hacia Estados Unidos, incluidos los ciudadanos estadounidenses, los residentes permanentes con Green Card y los extranjeros con visas de turismo, estudio o trabajo.
“Esta Orden se aplica a todas las personas que embarquen en un vuelo hacia Estados Unidos desde cualquier país extranjero, incluidos los ciudadanos estadounidenses, los nacionales estadounidenses y los residentes permanentes legales (titulares de la Green Card)”, especificó el CDC.
Haber realizado una escala en la República Democrática del Congo también cuenta como presencia en ese territorio. No importa si el pasajero permaneció dentro del aeropuerto o nunca pasó por los controles migratorios: el tránsito aéreo también está contemplado.
Por lo tanto, quienes hayan estado en ese país deberán permanecer fuera de su territorio durante 21 días completos antes de abordar un vuelo hacia EE.UU. El día de salida de considera día cero y podrán viajar a partir del día 22.

Qué pasa si un pasajero no presenta la declaración obligatoria
La consecuencia es directa: las aerolíneas deberán impedir el embarque de cualquier persona que no haya completado la certificación y no tenga una exención autorizada.
El CDC advirtió: “A cualquier persona que no firme una declaración jurada [...] se le denegará el embarque en un vuelo hacia Estados Unidos”.
La declaración podrá completarse mediante una firma física, una firma digital autenticada o un sistema electrónico habilitado por la aerolínea durante el check-in. También podrá realizarse verbalmente bajo las condiciones establecidas por las autoridades sanitarias.
Los menores de 18 años también están incluidos en el requisitos, aunque sus padres, tutores legales o representantes autorizados podrán completar la certificación en su nombre. En cualquier caso, deberá existir un registro individual para cada pasajero.
Conforme al artículo 1001 del Título 18 del Código de Estados Unidos, cualquier persona que proporcione información falsa de forma intencional podrá sufrir multas y hasta penas de prisión.
Hasta cuándo rige la medida
Según el aviso publicado en el Registro Federal, la disposición modificada tendrá vigencia hasta las 23:59 del 18 de diciembre de 2026, salvo que las autoridades decidan modificarla o retirarla antes.
El CDC explicó que el período de 21 días responde al tiempo máximo de incubación del ébola. Sin embargo, también aclararon que “el riesgo general para el público estadounidense y los viajeros sigue siendo bajo”.












