

Una duda muy común entre los inmigrantes es si, al no ser ciudadanos estadounidenses, tienen derecho a cobrar el Seguro Social. La respuesta es que sí pueden, pero bajo ciertas condiciones de estatus legal y de años trabajados. Y hay un punto extra que conviene conocer: qué pasa con ese beneficio si la persona decide mudarse fuera de Estados Unidos.
Los no ciudadanos pueden cobrar los beneficios del Seguro Social
El Seguro Social no es exclusivo de los ciudadanos. Un no ciudadano puede recibir el beneficio si se encuentra de manera legal en el país y cumple los requisitos generales. En términos amplios, pueden calificar los residentes permanentes legales (quienes tienen la green card), las personas con una visa que las autoriza a trabajar en Estados Unidos y quienes fueron admitidos bajo ciertas provisiones migratorias. La clave, en todos los casos, es la combinación de un estatus legal y de haber aportado lo suficiente a través del trabajo.
El requisito de los créditos de trabajo
Como cualquier trabajador, para acceder a la jubilación del Seguro Social hay que acumular suficientes créditos de trabajo. En general, se necesitan 40 créditos, lo que equivale a alrededor de 10 años de trabajo aportando al sistema con un número de Seguro Social válido. Es decir, lo que habilita el cobro no es la nacionalidad, sino haber trabajado y contribuido el tiempo necesario de manera registrada.
Qué pasa con quienes trabajaron sin papeles
Quien trabajó y aportó con un número de Seguro Social válido genera derecho al beneficio igual que cualquier otro trabajador. En cambio, los inmigrantes indocumentados suelen aportar impuestos al sistema (incluidos los descuentos de FICA que financian el Seguro Social), pero rara vez llegan a cobrar esos beneficios, justamente porque no reúnen las condiciones de estatus y de registro que exige la ley para acceder al pago.
Qué documentos pide la SSA a los extranjeros
Además de la documentación que se le solicita a cualquier solicitante, como la prueba de nacimiento y el formulario W-2 o la declaración de impuestos, a quienes no nacieron en Estados Unidos la SSA les pide un documento adicional clave:
- La prueba de ciudadanía o de estatus legal.
Al igual que con el resto de la documentación, conviene presentar los originales o las copias certificadas que la agencia requiera, y no enviar por correo documentos migratorios sensibles, sino llevarlos en persona a una oficina.

Qué ocurre si te vas de Estados Unidos
Mientras un ciudadano estadounidense puede, por lo general, seguir cobrando su Seguro Social casi en cualquier parte del mundo, para los no ciudadanos rige una regla más estricta, conocida como la “regla de no pago a extranjeros”. En líneas generales, si un beneficiario no ciudadano permanece más de seis meses seguidos fuera de Estados Unidos, los pagos pueden suspenderse, a menos que encuadre en alguna de las excepciones previstas.
Entre esas excepciones figuran, por ejemplo, ser ciudadano o residente de un país que tiene un acuerdo de Seguro Social con Estados Unidos, o haber cumplido ciertos requisitos de residencia en el país.














