

El Servicio de Impuestos Internos (IRS) confirmó que las familias que adopten un hijo elegible durante el año fiscal 2026 podrán acceder a un Crédito por Adopción de hasta 17.670 dólares, de los cuales hasta u$s 5.120 son reembolsables. Para recibir el beneficio, deben completar el Formulario 8839 y cumplir con los límites de ingreso establecidos por la agencia.
La actualización surge de los ajustes por inflación que el IRS publicó en octubre de 2025 a través de la Revenue Procedure 2025-32, que incorpora cambios de la ley conocida como One Big Beautiful Bill. El monto reembolsable corresponde al año fiscal 2026, cuya declaración se presenta recién en la temporada de impuestos de 2027.
¿Quiénes pueden cobrar los 5.120 dólares del Crédito por Adopción?
El beneficio alcanza a quienes adoptaron o adoptarán un hijo menor de 18 años, o una persona con una condición física o mental que le impida cuidarse por sí misma. Aplica tanto a adopciones domésticas como internacionales y a casos de necesidades especiales.
El crédito total puede llegar a u$s 17.670 por hijo, pero comienza a reducirse si el ingreso bruto ajustado modificado (MAGI) supera los u$s 265.080 y se elimina por completo a partir de u$s 305.080. La porción reembolsable —hasta u$s 5.120— se cobra incluso si la familia no debe impuestos federales.
Para acceder al beneficio, el IRS exige:
- Completar el Formulario 8839 y adjuntarlo a la declaración de impuestos (Formulario 1040)
- Contar con gastos de adopción calificados, como honorarios legales, costos judiciales o gastos de viaje vinculados al proceso
- En adopciones de niños con necesidades especiales, la familia puede acceder al crédito completo aunque no haya tenido gastos

¿Cómo cobran las familias este monto y qué deben tener en cuenta?
El monto final que recibe cada hogar no es fijo: depende de los gastos de adopción declarados, del ingreso familiar y de si ya utilizó parte del crédito no reembolsable para reducir impuestos adeudados. Por eso, no todas las familias que presenten el Formulario 8839 cobrarán exactamente u$s 5.120.
Quienes no puedan usar el crédito completo en un año pueden trasladar el saldo no utilizado hasta por cinco años adicionales. El IRS recomienda conservar toda la documentación de la adopción, incluidos comprobantes de gastos y constancias del proceso, aunque no se presenten junto con la declaración.













