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El Servicio de Impuestos Internos (IRS) detalla en su sitio web oficial a todos los deudores y sus familias cuáles son las consecuencias de recibir un "Aviso Final de la Intención de Embargo y su Derecho a una Audiencia" y no comunicarse cuanto antes con la agencia.

Este documento es enviado cuando las deudas tributarias de un contribuyente no se resuelven en tiempo y forma y manifiesta la intención de embargar sus bienes para satisfacer la obligación, como su cuenta bancaria, por ejemplo.

Cuando se envía este aviso alertando sobre la intención de incautar una cuenta financiera, el organismo recaudador señala que sus fondos y, en ciertos casos, los de sus familiares, pueden congelarse como medida extrema.

Por cuánto tiempo se bloquean las cuentas bancarias de contribuyentes y familias afectadas

Cuando se aplica un embargo contra una cuenta bancaria, el Código de Impuestos Internos (IRC) exige que la agencia aguarde 21 días antes de poder efectivizar la medida.

“La temporada de espera sirve para brindarle tiempo a usted para comunicarse con el IRS y establecer un plan para pagar el impuesto, o notificarle al IRS de errores en el embargo”, afirma la agencia.

El Servicio de Impuestos Internos de Estados Unidos (IRS) tiene amplias facultades para cobrar deudas tributarias no saldadas. Foto: Archivo.
El Servicio de Impuestos Internos de Estados Unidos (IRS) tiene amplias facultades para cobrar deudas tributarias no saldadas. Foto: Archivo.

Embargos sobre cuentas bancarias: cuándo se aplica la medida y en qué casos afectan a las familias

Los embargos se entregan por correo y son aplicados oficialmente desde la fecha y hora en la que se entregan. Desde ese momento las cuentas se congelan automáticamente y, si no se resuelve el saldo pendiente dentro del período establecido, los fondos se destinarán a saldar el pendiente.

IRS puede embargar además los fondos de la cuenta bancaria del familiar de un deudor cuando el contribuyente figura como signatario. Para resolver estos casos, es necesario que el titular legal se comunique con la agencia al número indicado en el Formulario 668-A y detalle por qué los fondos en realidad son de su pertenencia, y no del contribuyente.

Si se establece un plan de pagos, el embargo podría ser liberado.