

Con la entrada en vigor de la Sección 221 (g)(3) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) en octubre y en conformidad con las actualizaciones realizadas por las autoridades, los ciudadanos de 38 países tendrán que abonar una fianza antes de solicitar un visado bajo las categorías B1/B2.
Esta “fianza de visa” es un pago con posibilidad de reembolso que se realiza antes de la obtención del documento y que, según lo determine el oficial consular, puede ser de hasta 15,000 dólares.
¿Por qué Estados Unidos podría reembolsar hasta 15,000 dólares a estos extranjeros?
Según lo detalló el Departamento de Estado en un comunicado oficial, esta medida aplica a los países que tienen “tasas de estadía excesiva de visado”, es decir, que sus ciudadanos permanecen en el país durante más tiempo del permitido por las autoridades.
En ese sentido, los nacionales que quieran viajar con un pasaporte de alguno de estos países deberán abonar durante su entrevista de visado una fianza de 5,000, 10,000 o 15,000 dólares, según lo indique el oficial.
“El importe total de la fianza de visa se devolverá si el solicitante cumple todos los términos de su estatus de visa de no inmigrante y la fianza de visado”, indican las autoridades.

Países sujetos a esta nueva medida de Estados Unidos
Con las fechas de implementación detalladas entre paréntesis, los países a los que impacta esta política son
- Argelia (21 de enero de 2026)
- Angola (21 de enero de 2026)
- Antigua y Barbuda (21 de enero de 2026)
- Bangladés (21 de enero de 2026)
- Benín (21 de enero de 2026)
- Bután (1 de enero de 2026)
- Botsuana (1 de enero de 2026)
- Burundi (21 de enero de 2026)
- Cabo Verde (21 de enero de 2026)
- República Centroafricana (1 de enero de 2026)
- Costa de Marfil (21 de enero de 2026)
- Cuba (21 de enero de 2026)
- Yibuti (21 de enero de 2026)
- Dominica (21 de enero de 2026)
- Fiyi (21 de enero de 2026)
- Gabón (21 de enero de 2026)
- Gambia (11 de octubre de 2025)
- Guinea (1 de enero de 2026)
- Guinea-Bisáu (1 de enero de 2026)
- Kirguistán (21 de enero de 2026)
- Malaui (20 de agosto de 2025)
- Mauritania (23 de octubre de 2025)
- Namibia (1 de enero de 2026)
- Nepal (21 de enero de 2026)
- Nigeria (21 de enero de 2026)
- Santo Tomé y Príncipe (23 de octubre de 2025)
- Senegal (21 de enero de 2026)
- Tayikistán (21 de enero de 2026)
- Tanzania (23 de octubre de 2025)
- Togo (21 de enero de 2026)
- Tonga (21 de enero de 2026)
- Turkmenistán (1 de enero de 2026)
- Tuvalu (21 de enero de 2026)
- Uganda (21 de enero de 2026)
- Vanuatu (21 de enero de 2026)
- Venezuela (21 de enero de 2026)
- Zambia (20 de agosto de 2025)
- Zimbabue (21 de enero de 2026)
Es importante destacar que muchos de ellos actualmente atraviesan una suspensión temporal para tramitar visado, por lo que sus ciudadanos no se considerarán elegibles. Los detalles de aplicación y territorios con congelamiento parcial del documento pueden consultarse clicando aquí.
¿Cuándo Estados Unidos emitirá el reembolso?
Los términos que deben respetarse están especificados en el Formulario l-352 y en el formulario de fianzas. Así, particularmente el reembolso tendrá lugar cuando
- El titular de visado sale de Estados Unidos antes o en la fecha correspondiente
- El titular no realiza el viaje
- El titular solicita y se niega la admisión en el puerto de entrada
Información adicional sobre esta medida
Como condición de la medida, los viajeros de los países antes mencionados deben ingresar y salir del país únicamente a través de las siguientes estaciones aéreas
- Aeropuerto Internacional Boston Logan (BOS) (20 de agosto de 2025)
- Aeropuerto Internacional John F. Kennedy (JFK) (20 de agosto de 2025)
- Aeropuerto Internacional Washington Dulles (IAD) (20 de agosto de 2025)













