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La Bandera Nacional es uno de los símbolos patrios de México y su uso está regulado por la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales. Esta legislación establece las disposiciones que deben seguir las autoridades para su izamiento en fechas solemnes y durante actos oficiales.

El artículo 15 de la ley determina que la bandera debe izarse a toda asta o a media asta, según corresponda a una festividad o a una situación de duelo. La disposición también contempla su presencia en edificios públicos y en las sedes de las representaciones diplomáticas y consulares mexicanas.

¿Cuándo debe izarse la Bandera Nacional a media asta?

De acuerdo con el artículo 15, la Bandera Nacional debe izarse a media asta en las fechas declaradas solemnes para toda la nación cuando se trate de una situación de duelo. En cambio, cuando la fecha corresponda a una festividad, debe colocarse a toda asta.

La disposición establece que el izamiento debe realizarse en escuelas, templos y demás edificios públicos, así como en las sedes de las representaciones diplomáticas y consulares de México. También señala que las naves aéreas y marítimas mexicanas deben portar la bandera y utilizarla conforme a las leyes y los reglamentos aplicables.

Las fechas consideradas solemnes en México son:

  • 2 de enero: muerte de Margarita Maza.
  • 15 de enero: muerte de Ignacia Riesch.
  • 14 de febrero: muertes de Vicente Guerrero y Agustina Ramírez.
  • 22 de febrero: muerte de Francisco I. Madero.
  • 28 de febrero: muerte de Cuauhtémoc.
  • 2 de marzo: muerte de Josefa Ortiz.
  • 10 de abril: muerte de Emiliano Zapata.
  • 16 de abril: muerte de Rosario Ibarra.
  • 17 de abril: muerte de Sor Juana Inés de la Cruz.
  • 18 de abril: muerte de Elvia Carrillo Puerto.
  • 21 de abril: Defensa del Puerto de Veracruz.
  • 2 de mayo: muerte de pilotos del Escuadrón 201.
  • 21 de mayo: muerte de Venustiano Carranza.
  • 22 de mayo: muerte de Mariano Escobedo.
  • 13 de julio: muerte de Juana Belén Gutiérrez.
  • 16 de julio: muerte de María Refugio “Cuca” García.
  • 17 de julio: muerte de Álvaro Obregón.
  • 18 de julio: muerte de Benito Juárez.
  • 30 de julio: muerte de Miguel Hidalgo y Costilla.
  • 31 de julio: muerte de Sara Pérez Romero.
  • 21 de agosto: muertes de Leona Vicario y Carmen Serdán.
  • 12 de septiembre: gesta del Batallón de San Patricio.
  • 13 de septiembre: sacrificio de los Niños Héroes.
  • 19 de septiembre: sismos de 1985 y 2017.
  • 22 de septiembre: muerte de Laureana Wright.
  • 2 de octubre: caídos en Tlatelolco en 1968.
  • 7 de octubre: sacrificio del senador Belisario Domínguez.
  • 11 de octubre: muertes de Gertrudis Bocanegra y Rita Cetina Gutiérrez.
  • 15 de octubre: muerte de Dolores Jiménez y Muro.
  • 3 de noviembre: muerte de Elena Arizmendi.
  • 25 de noviembre: Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer.
  • 22 de diciembre: muerte de José María Morelos.

La lista vigente fue modificada en julio de 2025 para incorporar nuevas fechas relacionadas con mujeres que han formado parte de la historia de México.

Bandera de México a media asta en una ceremonia para honrar la memoria de las víctimas de los terremotos del 19 de septiembre de 1985 y 2017.
Bandera de México a media asta en una ceremonia para honrar la memoria de las víctimas de los terremotos del 19 de septiembre de 1985 y 2017.Laura Itzel Castillo Juárez, titular de la Secretaría de las Mujeres México

¿Qué otras disposiciones establece la Ley sobre la bandera?

El artículo 15 también contempla obligaciones específicas para las instituciones educativas. En este ámbito, las autoridades educativas federales, estatales y municipales deben disponer que se rindan honores a la Bandera Nacional en los planteles de enseñanza elemental, media y superior.

La legislación establece que estos honores deben realizarse los lunes, al inicio de las labores escolares o a una hora determinada durante la mañana. También deben llevarse a cabo al comienzo y al final de los cursos.

Entre las disposiciones contempladas en el artículo se encuentran:

  • Fechas solemnes de festividad: la bandera debe izarse a toda asta.
  • Fechas solemnes de duelo: corresponde izarla a media asta.
  • Actos escolares: deben rendirse honores los lunes y al inicio y fin de cursos, conforme a lo establecido en la ley.