

El Reparto de Utilidades 2026 ya está en marcha en empresas de todo el país, y con él surgen dudas entre millones de trabajadores mexicanos sobre cuándo deben recibir el dinero, quiénes tienen derecho a cobrarlo y qué obligaciones deben cumplir los patrones ante la ley.
Se trata de un derecho constitucional que permite a los empleados recibir una proporción de las ganancias que su empresa generó durante el año anterior. Con este pago se reconoce la contribución diaria del trabajador al éxito económico del negocio.
¿Cuál es la fecha límite para recibir el pago de utilidades?
Si prestas servicios en una empresa legalmente constituida como persona moral, el periodo de pago arrancó el 1 de abril de 2026 y el patrón tuvo como fecha límite el 30 de mayo para liquidar el total.

Para quienes trabajan con un empleador que es persona física, el calendario es distinto: el reparto inició el 1 de mayo y el plazo máximo para recibir el pago vence el 29 de junio de 2026.
¿Cuáles son las sanciones para el patrón que no paga a tiempo?
La Procuraduría Federal del Trabajo (Profedet) advierte que los empleadores que no cumplan con el Reparto de Utilidades en tiempo y forma se exponen a sanciones económicas.

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, las multas aplicables van de 250 a 5,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), lo que representa un monto considerable para cualquier empresa, sin importar su tamaño.
¿Cómo denunciar la falta de pago de utilidades a tiempo?
Los trabajadores cuentan con un año a partir del día siguiente a la fecha límite de pago para exigir el cobro de sus utilidades. Pasado ese plazo, el derecho prescribe.
La Profedet ofrece asesoría jurídica y representación gratuita en juicios laborales ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje. Puedes contactarla por estos canales:
- Teléfonos: 55 5003 1000 (extensiones 44741 y 44780) o al número corto 079.
- Oficina Central: Eje 4 Norte No. 311, colonia Santo Tomás, Azcapotzalco, Ciudad de México.
Si vives en la capital del país, también puedes recurrir a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo de la CDMX:
- Teléfono: 55 5709 3233
- Correo electrónico: atencionciudadana@trabajo.cdmx.gob.mx.















