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Depositar efectivo en el banco es una práctica común, pero conviene conocer qué se reporta a la autoridad fiscal y cuándo puede haber consecuencias. Se trata de un mecanismo de las instituciones financieras junto al Servicio de Administración Tributaria (SAT) para detectar posibles casos de lavado de dinero.

La fracción IV del artículo 55 de la Ley del Impuesto Sobre Renta (ISR) obliga a las instituciones del sistema financiero a proporcionar al SAT la información de los depósitos en efectivo realizados en cuentas de los contribuyentes.

El banco emite reportes al SAT a partir de depósitos que superen los 15 mil pesos en efectivo mensuales

La obligación de reporte al SAT aplica cuando el monto mensual acumulado en depósitos en efectivo exceda los 15 mil pesos en todas las cuentas de las que el contribuyente sea titular en una misma institución. Las instituciones del sistema financiero, incluidos los bancos, deben presentar los informes a más tardar el día 17 del mes siguiente.

También deben informar todas las compras en efectivo de cheques de caja. Los términos los fija el SAT mediante reglas de carácter general.

Los bancos de México están obligados a elevar reportes al SAT cuando un contribuyente recibe depósitos en efectivo por más de 15 mil pesos al mes.Fuente: ShutterstockShutterstock

Qué se considera depósito en efectivo

La ley entiende como tales los depósitos en moneda nacional o extranjera, en cualquier tipo de cuenta de personas físicas o morales, y las compras en efectivo de cheques de caja.

No cuentan las transferencias electrónicas, los traspasos de cuenta, los títulos de crédito ni otros documentos o sistemas pactados con las instituciones financieras, aunque sean a cargo de la misma institución que los reciba.

Superar el umbral no genera un impuesto ni constituye una falta. El Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE) dejó de existir en 2014.

Lo que el SAT no vigila

En un comunicado de agosto de 2022, el SAT aclaró que no vigila ni cobra impuestos por:

  • Depósitos para gastos entre padres e hijos
  • Pagos por venta de catálogo, tandas y préstamos personales.

Cuándo puede haber una revisión

El artículo 91 de la Ley del ISR permite a la autoridad iniciar un procedimiento de discrepancia fiscal contra personas físicas cuyas erogaciones anuales superan los ingresos declarados. Se consideran erogaciones los gastos, la compra de bienes y los depósitos en cuentas bancarias, inversiones o tarjetas de crédito. Si hay diferencias, el contribuyente es notificado y tiene 20 días para aclarar el origen de los recursos.