

La Ciudad de México (CDMX) implementará nuevas disposiciones para los conductores que manejan scooters eléctricos y bicicletas eléctricas de alta potencia a partir del 1 de julio. Las modificaciones buscan fortalecer la seguridad vial y mejorar la regulación de estos medios de transporte dentro de la capital.
Las nuevas reglas contemplan sanciones económicas para aquellos que incumplan medidas básicas de seguridad, como el uso obligatorio de casco, luces y elementos reflejantes. También habrá multas para quienes circulen por vías donde este tipo de vehículos no está permitido o para aquellos que no cuenten con la licencia y el registro correspondiente ante la Secretaría de Movilidad (SEMOVI).

Conoce el cuadro tarifario en CDMX y evita multas de tránsito en estos casos.
Cambios en el Reglamento de Tránsito CDMX
Los Vehículos Eléctricos de Movilidad Personal Eficiente (VEMEPE) son unidades capaces de superar los 25 kilómetros por hora, cuentan con motores de al menos 250 watts de potencia continua y pueden desarrollar hasta 1.34 caballos de fuerza.
Esta categoría se divide en dos grupos:
- Tipo A, con un peso inferior a 35 kilogramos
- Tipo B, que superan ese peso o pueden alcanzar hasta 350 kilogramos
Con la entrada en vigor de las nuevas disposiciones en la Ciudad de México, estos vehículos deberán ajustarse a las normas establecidas en el Reglamento de Tránsito, el cual prioriza la seguridad de peatones, ciclistas y usuarios del transporte público dentro de la llamada pirámide de movilidad.
Requisitos para manejar bicicleta y moto eléctrica
Entre las principales obligaciones para quienes utilicen bicicletas eléctricas y scooters clasificados como VEMEPE se encuentran:
- Contar con licencia de conducir tipo A1 o A2, ya que estos vehículos exceden las características permitidas para circular únicamente por infraestructura ciclista.
- Portar placas de circulación. Los vehículos comercializados a partir del 1 de julio deberán salir emplacados desde el punto de venta, mientras que los adquiridos con anterioridad tendrán plazo hasta el 20 de noviembre para completar el trámite.
- No podrán transitar por banquetas, carriles exclusivos para transporte público ni por los carriles centrales de vías de acceso controlado.
- El uso de casco será obligatorio para todos los conductores.
- Estará prohibido manejarlos bajo los efectos del alcohol.
- No podrán circular por avenidas o vialidades donde el límite de velocidad sea superior a 50 kilómetros por hora.
Las nuevas reglas comenzarán a aplicarse el 1 de septiembre.
Quienes incumplan la normativa podrán recibir multas de acuerdo con el número de infracciones acumuladas:
- 10 UMAs en las dos primeras faltas, equivalentes a aproximadamente 1,175 pesos.
- 15 UMAs para la tercera y cuarta infracción, cerca de 1,762 pesos.
- 20 UMAs para quienes acumulen cinco o más sanciones, lo que representa alrededor de 2,350 pesos.
¿Qué vehículos estarán exentos del emplacamiento?
No estarán obligadas a portar placas las bicicletas con asistencia eléctrica limitada, siempre que no superen los 25 kilómetros por hora y tengan un peso inferior a 35 kilogramos.
En estos casos, los usuarios deberán portar un holograma de identificación que autorice su circulación en espacios destinados a este tipo de movilidad, además de compartir el uso de ciclovías para garantizar una mayor seguridad vial.














