

La Dirección General de Tráfico (DGT) tiene el objetivo principal de resguardar la seguridad vial de todos los conductores y peatones en España. Para esto, el organismo implementa cambios constantes en sus regulaciones de tránsito y multas económicas para aquellos que no las cumplan.
En este marco es que la DGT ha endurecido la aplicación de reglas y sanciones a través del Reglamento General de Circulación (RGC) para todas las bicicletas. Las multas van desde los 100 euros hasta los 500 euros, y en los casos más graves pueden derivar en responsabilidades civiles e incluso penales.
El objetivo es reducir la siniestralidad de un colectivo vulnerable. En 2024 fallecieron 46 ciclistas en accidentes de tráfico en España, y según los datos de la DGT, el 90% de las muertes por accidente de bicicleta están causadas por vehículos motorizados.

Las infracciones más comunes y cuánto cuestan
Saltarse un semáforo es una de las prácticas más habituales entre los ciclistas urbanos y también una de las más sancionadas. La multa oscila entre los 100 y los 500 euros según la gravedad.
Circular sin luces de noche, en pasos inferiores o por túneles tiene una sanción fija de 200 euros: la luz delantera debe ser blanca y la trasera roja, y ambas son obligatorias en condiciones de baja visibilidad.
Cruzar un paso de peatones subido en la bicicleta en lugar de hacerlo a pie cuesta 200 euros. Llevar un niño mayor de 7 años en el asiento adicional o transportarlo incorrectamente supone una multa de 100 euros.
Y usar el teléfono móvil o llevar auriculares puestos mientras se circula está prohibido independientemente de si se está escuchando algo o no.
Las “conductas imprudentes” pueden ser sancionadas con multas de entre 50 y 500 euros si se considera que compromete la seguridad de otros usuarios. Si la acción deriva en un accidente, pueden derivarse además responsabilidades civiles e incluso penales.

La restricción en la circulación para todos los ciclistas
La novedad más significativa de la nueva regulación publicada en el BOE afecta a la infraestructura ciclista. La normativa, vigente desde el 10 de octubre de 2025, permite construir carriles bici segregados junto a carreteras estatales, incluso si para ello es necesario reducir o eliminar parcial o totalmente los arcenes existentes.
Esto ha generado confusión entre conductores y ciclistas. Algunos mensajes en redes sociales interpretaron la medida como una prohibición de circular por el arcén, pero el texto legal no establece esa prohibición generalizada. Mientras el arcén exista y sea practicable, los ciclistas seguirán obligados a circular por él.
La medida busca acercar a España a otros modelos europeos donde las redes ciclistas interurbanas cuentan con infraestructuras separadas del tráfico rodado, y forma parte de la Estrategia de Movilidad Segura, Sostenible y Conectada 2030.
Las sanciones que muchos ciclistas desconocen
Más allá de las infracciones más conocidas, la DGT recuerda varias obligaciones que muchos ciclistas pasan por alto. En carretera, quien adelante a un ciclista debe hacerlo a 20 km/h por debajo del límite de velocidad del tramo y dejar una separación lateral mínima de 1,5 metros.
Los ciclistas en grupo solo pueden ir de dos en dos y siempre en el extremo derecho de la calzada. En tramos sin visibilidad como curvas o cambios de rasante, deben colocarse obligatoriamente en fila.
Y en lo relativo al alcohol, los ciclistas están sujetos a los mismos controles de alcoholemia que el resto de conductores.












