

Cuando una persona fallece, los recursos acumulados en la cuenta Afore no desaparecen. El ahorro para el retiro, los aportes voluntarios y determinados recursos de vivienda pueden ser reclamados por sus beneficiarios, siempre que cumplan con los requisitos establecidos y realicen el trámite correspondiente.
Sin embargo, recibir este dinero no ocurre de manera automática. Los familiares o las personas designadas deben iniciar el procedimiento ante la administradora de fondos para el retiro correspondiente. En esta línea, la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR) supervisa el sistema, pero son los beneficiarios quienes deben solicitar los recursos.

¿Qué dinero de una Afore puede heredarse?
Los recursos que pueden entregarse a los beneficiarios dependen, entre otros factores, del régimen bajo el cual cotizó el trabajador.
En el caso de las personas que cotizaron bajo la Ley del Seguro Social de 1973, los beneficiarios pueden tener acceso a los recursos correspondientes a:
- Retiro 97
- Vivienda 97
- SAR 92
- Vivienda 92
Para quienes cotizaron bajo la Ley del Seguro Social de 1997, aplican los recursos correspondientes a SAR 92 y Vivienda 92, según las condiciones señaladas para cada caso.
Los aportes voluntarios tienen un tratamiento diferente y pueden ser retiradas por los beneficiarios sin necesidad de iniciar un juicio sucesorio, siempre que se cumplan los requisitos correspondientes.
¿Quién puede recibir una Afore de una persona fallecida?
Existen dos categorías de beneficiarios: los legales y los designados por el propio trabajador.
Beneficiarios legales
Aquellos cuyo derecho deriva de la legislación. Entre ellos se encuentran el cónyuge o concubino, los hijos menores de 16 años y, en determinados casos, los hijos de hasta 25 años que continúen estudiando en el sistema educativo nacional. También pueden considerarse los ascendientes que dependían económicamente del trabajador y vivían en su domicilio, conforme a las disposiciones aplicables.
Beneficiarios designados
Personas que el titular registró directamente ante su Afore. No necesariamente tienen que ser familiares. El trabajador puede designar hasta cinco personas y establecer qué porcentaje del saldo corresponderá a cada una. Esta información puede modificarse mientras el titular esté con vida.
Cuando existen beneficiarios legales con derecho a una pensión, los recursos pueden utilizarse primero para financiar prestaciones como pensión por:
- Viudez
- Orfandad
- Ascendencia
Si no existen beneficiarios legales, el saldo puede entregarse a las personas designadas, conforme a las reglas aplicables.
¿Qué ocurre si el trabajador fallece antes o después de jubilarse?
El procedimiento depende de la situación en la que se encontraba el titular al momento de su fallecimiento.
Si la persona muere antes de tramitar su pensión y no reúne las semanas necesarias para generar el derecho a una pensión, los recursos acumulados pueden entregarse a los beneficiarios en una sola exhibición.
Si, en cambio, ya existía el derecho a una asistencia pero el trabajador falleció antes de iniciar el trámite, los beneficiarios pueden tener acceso a prestaciones como la pensión por viudez u orfandad, además de los recursos que correspondan de la cuenta individual.
Cuando el trabajador ya estaba jubilado, las condiciones dependen de la modalidad de retiro elegida.
En una renta vitalicia, los recursos y derechos posteriores al fallecimiento dependen de las condiciones establecidas en el contrato con la aseguradora. Algunos contratos contemplan la figura de un “heredero garantizado”, mientras que otros no.
En el caso del retiro programado, los beneficiarios pueden recibir los recursos que permanezcan en la cuenta y que el titular no haya utilizado.
¿Cómo heredar la Afore si el titular de la cuenta falleció?
El procedimiento puede variar según el tipo de beneficiario, pero generalmente comienza con estos pasos:
Identificar en qué Afore estaba registrado el trabajador
Si la familia desconoce cuál era la administradora, puede consultar la información a través de SARTEL, en el número 55 1328 5000, o mediante las herramientas oficiales disponibles para localizar una cuenta utilizando la Clave Única de Registro de Población (CURP) o el Número de Seguridad Social (NSS) del fallecido.
Reunir los documentos
En el caso de un beneficiario legal, generalmente se solicita el acta de defunción, identificación oficial vigente, documento que acredite el parentesco —como acta de matrimonio o nacimiento— y la CURP del fallecido con la situación correspondiente por defunción.
Si se trata de un beneficiario designado, se requiere el acta de defunción, identificación oficial, CURP del titular y la constancia de designación registrada ante la Afore.
En ambos casos puede solicitarse un comprobante de domicilio reciente.
Presentar la solicitud ante la Afore
Con la documentación completa, el beneficiario debe acudir a la administradora correspondiente para iniciar el trámite. Algunas Afores también cuentan con opciones digitales.
Cuando se trata de un beneficiario legal que tiene derecho a una pensión, primero puede ser necesario acudir al IMSS para obtener la resolución correspondiente y posteriormente presentarla ante las autoridades junto con el formato para disponer de los recursos.
Los beneficiarios designados pueden realizar el trámite directamente ante la administradora, conforme a los requisitos establecidos.
Esperar la resolución
Una vez que la Afore recibe la documentación completa, dispone de un plazo de hasta 20 días hábiles para resolver el trámite y efectuar el pago correspondiente, que puede realizarse mediante transferencia bancaria o cheque.
Recurrir a la vía judicial cuando no existen beneficiarios
Si el trabajador fallecido no dejó beneficiarios legales ni designó personas ante su Afore, los familiares pueden tener que iniciar un juicio sucesorio para acreditar quién tiene derecho a los recursos.
En estos casos, el dinero no desaparece, pero el procedimiento puede prolongarse durante meses o incluso más tiempo, dependiendo de las circunstancias.
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) brinda orientación jurídica gratuita a las personas que necesiten asesoría para este tipo de trámites.
















