Seguridad Social

Atención jubilados | Quiénes recibirán un saldo extra de la pensión en septiembre: requisitos

Los adultos mayores que cumplan una serie de requisitos verán reflejado este beneficio junto al pago de haberes del noveno mes del año.

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Los adultos mayores del país reciben todos los meses el pago de su pensión correspondiente a su jubilación tras el retiro de la actividad laboral. En el depósito de septiembre habrá quiénes reciban un monto extra.

Gracias a la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar hubo pensionados que tuvieron un significativo aumento en sus haberes equivalente al último sueldo de su trabajo registrado. Es así que el monto mínimo de la pensión pasó a ser de 16,777 pesos.

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Quiénes recibirán un extra en su pensión de septiembre

Tanto los jubilados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) como del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) podrán gozar en septiembre de una pensión mayor. En el noveno mes del año, los adultos mayores cobrarán seis mil pesos más.

Los jubilados recibirán un saldo extra de la pensión en septiembre: requisitos. Fuente: archivo

Este monto corresponde al pago bimestral de la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores que corresponde al quinto bimestre. Por lo tanto el monto total que percibirán los jubilados será de unos 22,777 pesos.

Cuándo será el pago de la pensión

De acuerdo al calendario oficial de pagos, los jubilados del IMSS recibirán su pensión de septiembre el primer día hábil del mes, es decir el lunes 2. Mientras que los jubilados del ISSSTE verán el depósito de manera adelantada el próximo viernes 30 de agosto.

En cuanto al pago de la Pensión para el Bienestar aún no hay fecha anunciada de los depósitos bancarios. Sin embargo, se estima que esta impactará en la primera quincena del mes como suele ocurrir.

Requisitos para recibir la Pensión para el Bienestar

Para inscribirse en este programa social y comenzar a recibir un pago bimestral de 6 mil pesos solo hay que presentar:

  • Acta de nacimiento
  • Documento de Identificación vigente como la credencial para votar, pasaporte vigente o Credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM)
  • Clave Única de Registro de Población (CURP)
  • Comprobante de domicilio (máximo 6 meses de antigüedad) o constancia de residencia de la autoridad local
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