

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, SCJN, emitió un fallo clave en favor de las madres trabajadoras al establecer que las empresas y empleadores no pueden eliminar pagos que formen parte real y habitual del salario bajo el argumento de que son “prestaciones extra” o “gratificaciones”. El máximo tribunal ordenó revisar nuevamente el caso de una trabajadora de la Universidad de Ciencias y Artes de Chiapas a quien le quitaron una “nómina complementaria”.
En su resolución, la Suprema Corte sostuvo que las autoridades laborales deben analizar “si la remuneración es habitual, permanente y periódica, y no limitarse al nombre que formalmente se le dé a la prestación”.

Con esto, dejó claro que los derechos salariales deben revisarse con base en la realidad de los hechos y no únicamente en contratos o etiquetas administrativas.
El Pleno de la Corte remarcó que cuando la persona afectada es una mujer con hijas o hijos bajo su cuidado, las decisiones judiciales deben tomarse “con perspectiva de género e interés superior de la niñez”, ya que la reducción de ingresos puede afectar directamente el bienestar económico y social de niñas, niños y adolescentes.

Los detalles del amparo y los beneficios que ahora tendrán las mujeres trabajadoras
El caso surgió luego de que una trabajadora administrativa denunciara que la universidad eliminó de manera unilateral un pago conocido como “nómina complementaria”, el cual recibía de manera constante como parte de sus ingresos.
Aunque la institución argumentó que no era salario formal, la Suprema Corte concluyó que las autoridades laborales no analizaron correctamente la realidad del pago ni el impacto económico que generaba su eliminación.
Qué cambia con este fallo de la SCJN
- Los pagos habituales podrán ser reconocidos como parte del salario
- Las empresas no podrán quitar ingresos permanentes solo cambiando su nombre
- Las madres trabajadoras tendrán protección reforzada en juicios laborales
- Jueces y tribunales deberán aplicar perspectiva de género
- Se deberá considerar el impacto económico sobre hijos y menores de edad
- Se fortalece el principio de “primacía de la realidad” en materia laboral
La Suprema Corte también ordenó emitir una nueva resolución del caso para determinar si la “nómina complementaria” efectivamente formaba parte del salario de la trabajadora.
El criterio podría impactar futuros litigios laborales en todo México, especialmente en casos donde existan pagos adicionales entregados de manera periódica.

Qué cambiará de ahora en más tras este fallo de la Suprema Corte
La decisión del máximo tribunal marca un precedente importante para miles de trabajadoras en México, ya que obliga a las autoridades laborales a revisar con mayor profundidad cómo se integran realmente los salarios.
A partir de ahora, no bastará con que una empresa afirme que un pago es “extra” o “voluntario” si en la práctica se entrega de manera frecuente y constante como parte de la remuneración del empleo.
El fallo también fortalece la protección de mujeres que sostienen económicamente a sus familias. La SCJN dejó claro que cualquier reducción de ingresos puede afectar directamente derechos básicos de niñas y niños, por lo que los tribunales deberán considerar el contexto familiar y económico antes de validar recortes salariales o eliminación de prestaciones. Con esta resolución, la Suprema Corte busca evitar abusos laborales disfrazados de modificaciones administrativas.















