

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, SCJN, invalidó una porción del delito de discriminación en Sinaloa al considerar que su redacción abría la puerta a sanciones imprecisas. El Pleno eliminó la expresión “apoye a difundir” del artículo 189 del Código Penal estatal, al estimar que no cumplía con los estándares constitucionales de claridad.
El fallo de la Suprema Corteresponde a que dicha formulación podía derivar en castigos desproporcionados, incluso contra actividades protegidas como el periodismo. La Suprema Corte sostuvo que la ambigüedad de la norma permitía interpretar de forma amplia quién podía ser sancionado, lo que vulnera principios básicos del derecho penal.

Una expresión sin límites claros
En su resolución, el Máximo Tribunal señaló que la frase invalidada “no es lo suficientemente clara para que las personas sepan qué está prohibido, en qué condiciones y con qué grado de participación”.
Esta falta de precisión, explicó, contraviene el principio de legalidad en su vertiente de taxatividad.
La Suprema Corte advirtió que la redacción podía abarcar conductas muy distintas, “desde la reproducción de mensajes discriminatorios hasta actividades periodísticas o informativas que, por sí mismas, están protegidas por la libertad de expresión”. Por ello, concluyó que mantenerla vigente implicaba un riesgo de sancionar sin criterios definidos.

Se mantiene sanciones contra incitación al odio
Pese a la invalidez de esa porción, la SCJN confirmó la validez de otros elementos del tipo penal. En particular, avaló los verbos “provoque” e “incite”, al considerar que estas conductas sí están dirigidas a generar actos que pueden ser legítimamente sancionados.
El Tribunal subrayó que, si bien existe la necesidad de proteger a grupos históricamente discriminados, “cuando se usa el derecho penal para proteger estos grupos, se deben respetar estrictamente los principios de legalidad y taxatividad”.
Asimismo, precisó que las conductas sancionadas por el delito de discriminación “subsisten en la entidad federativa”, pero ahora bajo criterios más claros.














