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El documento oficial de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) titulado “Apuntes sobre igualdad de género. Compensación económica” establece que el propósito de este mecanismo es reconocer el costo de oportunidad asumido por aquellos que han dedicado su tiempo primordialmente a labores no remuneradas en el hogar.

Esta decisión representa un antecedente significativo que permite reconocer la repercusión financiera que enfrentan numerosas personas, especialmente mujeres, que han invertido su tiempo en cuidar el hogar, hijos o familiares dependientes.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ratificó que el trabajo doméstico y de cuidados realizado en el matrimonio o concubinato puede acarrear un derecho a una compensación económica en situaciones de separación o divorcio.

En la práctica, el tribunal considerará si la dedicación a tareas no remuneradas ha tenido un impacto directo en la capacidad de generar ingresos o en el avance profesional de la persona que solicita la compensación.

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Requisitos probatorios para solicitar la compensación y tareas que reconoce la Corte

El tribunal señala que evidenciar estas actividades puede resultar complicado, debido a que muchas decisiones familiares se realizan en un ámbito privado y no producen documentación formal.

El argumento fundamental a validar es que quien busca la compensación experimentó un costo de oportunidad a lo largo de la relación, lo que implica que no pudo avanzar completamente en su trayectoria profesional debido a su dedicación al hogar.

La SCJN precisa que las labores domésticas reconocidas abarcan:

  • cocinar, limpiar y realizar compras
  • la organización de la economía familiar
  • la crianza, educación y acompañamiento emocional de hijos e hijas
  • el cuidado de personas con discapacidad o con requerimientos de asistencia diaria.

Estas actividades comprenden no solo lo visible, sino también la planificación y gestión del hogar, así como la atención emocional y directa a los integrantes de la familia.

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Qué pruebas son admisibles y cómo deben valorarlas los tribunales en estos casos

Los jueces deben tener en cuenta la dedicación predominante al hogar, el impacto económico y profesional en la persona solicitante, así como la importancia de las labores domésticas en la vida familiar y comunitaria.

La Suprema Corte establece que los tribunales deben analizar estos casos con perspectiva de igualdad, reconociendo que históricamente las mujeres han asumido una mayor carga de trabajo doméstico y de cuidados.

Según el documento oficial de la SCJN, “los acuerdos en la familia frecuentemente se llevan a cabo de manera privada y el desempeño de tales trabajos no necesariamente genera pruebas directas”.

Los jueces pueden valorar distintos medios de prueba, incluyendo:

  • testimonios de familiares o terceros
  • estados de cuenta o registros financieros
  • facturas o comprobantes de gastos
  • estudios o estadísticas que evidencien la distribución de tareas en el hogar.