

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un fallo que modifica de fondo los requisitos para acceder a ciertas pensiones del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). La resolución impacta directamente en la interpretación de la Ley 73, uno de los regímenes más utilizados por trabajadores que hoy están jubilados.
El cambio elimina una restricción que dejaba fuera a familiares que sí dependían económicamente del asegurado fallecido. Con este nuevo criterio, miles de personas podrán iniciar o reabrir trámites para recibir dinero mensual.

Pensión IMSS Ley 73: qué requisito declaró inconstitucional la Suprema Corte
El fallo se centra en la pensión por ascendencia prevista en la Ley 73 del IMSS. Hasta ahora, la norma limitaba el beneficio únicamente a padres, abuelos o bisabuelos del trabajador fallecido.
La Corte determinó que esa restricción era inconstitucional al no considerar otras realidades familiares. En consecuencia, amplió la posibilidad de acceder a la pensión a otros familiares que hayan acreditado dependencia económica real.
El nuevo criterio obliga a reinterpretar quién puede ser considerado beneficiario. Ya no se trata solo del parentesco formal, sino del vínculo efectivo de cuidado y sostenimiento.
¿Quiénes podrán recibir la pensión del IMSS tras el fallo de la SCJN?
La Suprema Corte amplió los criterios para acceder a la pensión del IMSS, permitiendo que familiares antes excluidos puedan solicitarla si demuestran dependencia económica real.
De esta manera, quienes podrán acceder a la pensión ahora son:
- Tíos o tías que hayan criado al trabajador.
- Familiares fuera del núcleo tradicional.
- Personas que acrediten apoyo económico constante y comprobable.
- El punto clave será probar un vínculo de dependencia económica sostenido, más allá del parentesco formal.
El fallo podría beneficiar a miles de familias y sienta un precedente hacia una interpretación más inclusiva de los derechos pensionarios en México.
Cómo aplicar al nuevo criterio del IMSS y qué deben hacer los jubilados
El fallo no se aplica de manera automática. Las personas interesadas deberán acudir al IMSS para iniciar o revisar su trámite bajo el nuevo criterio establecido por la Corte.
Será necesario presentar documentación que acredite la dependencia económica y cumplir con las condiciones generales de cotización previstas en la Ley 73. Cada caso será evaluado conforme a las pruebas aportadas.
La resolución representa un avance relevante para quienes habían sido excluidos por una interpretación rígida de la ley. Ahora, el acceso a la pensión dependerá más de la realidad económica que del parentesco estrictamente formal.














