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El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) confirmó el registro de datos biométricos obligatorio para pensionados bajo la Ley 73 y la Ley 97.

De acuerdo con el organismo público, esta disposición tiene como objetivo evitar el fraude y la suplantación de identidad en los trámites de la pensión.

El registro de datos biométricos obligatorio para pensionados del IMSS ya es un hecho

Esta disposición, que entró en vigor a principios de 2026, puede cumplirse exclusivamente a través del IMSS digital.

La condición es que para descargar la aplicación y completar el trámite, es indispensable contar con la versión 8.0.3 como mínimo de la aplicación. Esto se debe a que versiones anteriores no permiten completar el registro de datos biométricos.

Además, los pensionados deberán contar con un dispositivo móvil con cámara funcional, CURP, Número de Seguridad Social (NSS), correo electrónico e identificación vigente.

Ya es un hecho: todos estos pensionados deberán realizar el registro de datos biométricos. Fuente: Shutterstock.

Quiénes deberán realizar el registro de datos biométricos sin excepción

Como se mencionó, el proceso está dirigido únicamente a pensionados retirados bajo la Ley 73 o Ley 97.

Cómo hacer el registro de datos biométricos en el IMSS Digital

Para iniciar el trámite, los pensionados deberán descargar o actualizar IMSS digital en sus teléfonos móviles. Después, deberán indicar CURP, NSS y correo electrónico para identificarse.

Posteriormente, en el menú principal se deberá seleccionar “Pensionados” o “Trámites y Servicios”. Una vez allí, tendrán que elegir “Registro de datos biométricos” y seguir las instrucciones para el registro de huella dactilar y reconocimiento facial a través de la cámara.

Para que el trámite quede 100% completo es importante guarda la información que emite la aplicación tras completar el proceso.

Paso a paso: cómo realizar el registro de datos biométricos. Fuente: IMSS

Qué pasará con quiénes no realicen el registro obligatorio de datos biométricos

Si bien el trámite es obligatorio, hasta el momento, su incumplimiento no implica sanciones administrativas formales. De hecho, el organismo público aclaró que es falsó que quienes no realicen el trámite se enfrentaran a una suspensión de sus pagos.