

La Comisión Nacional Antimonopolio (CNA) impuso una multa total de 19.9 millones de pesos a Banorte y Rappi tras detectar que ambas compañías realizaron una concentración empresarial sin contar con autorización previa de la autoridad reguladora.
Según el comunicado oficial de la CNA, la operación ocurrió el 20 de julio de 2020, cuando Banorte obtuvo “la facultad de intervenir en las decisiones del negocio de tarjetas de crédito de Rappi”, relacionado con la RappiCard, sin haber esperado el análisis correspondiente de la Comisión.

La operación con la RappiCard que detonó la sanción
La autoridad antimonopolio explicó que el control previo de concentraciones busca evitar riesgos para consumidores y empresas, especialmente en sectores sensibles como el financiero.
Por ello, ciertas operaciones deben notificarse obligatoriamente antes de concretarse entre compañías involucradas.
La CNA señaló que “esta obligación no es un trámite opcional ni una formalidad menor”, ya que operaciones de este tipo pueden modificar precios, calidad y opciones disponibles para usuarios de productos financieros, incluidos servicios de crédito y plataformas digitales.

Por qué esta multa podría impactar al sector financiero y tecnológico
El organismo regulador advirtió que una concentración empresarial ejecutada sin autorización puede generar efectos difíciles de revertir en el mercado.
La investigación se centró en la relación entre Banorte y el negocio financiero de Rappi ligado a tarjetas de crédito.
Con esta resolución, la Comisión Nacional Antimonopolio aseguró que reforzará la vigilancia sobre operaciones entre empresas tecnológicas y financieras. Además, recordó que tanto Banorte como Rappi todavía podrán impugnar la sanción mediante acciones judiciales ante tribunales especializados.















