Atención alumnos | Quitarán apoyo a estudiantes por estos motivos y se quedarán sin beca de 1,900 pesos
Este beneficio se entrega a los estudiantes de secundaria de las escuelas de todo el país, pero podría ser retirado por causas puntuales, conócelas.
La Beca Universal de Educación Básica Rita Cetina es un programa del Gobierno nacional orientado a estudiantes de preescolar, primaria y secundaria de bajos ingresos para acompañar sus gastos escolares.
En una primera instancia, el apoyo económico fue extendido hacia familias con hijos en edad de secundario de escuelas prioritarias, es decir en regiones de escasos recursos. La beca es por de 1,900 pesos bimestrales por alumno y 700 pesos por cada estudiante de secundaria adicional que la conforme.
La beca brinda una cobertura de 10 meses, es decir 5 pagos al año, lo que dura el ciclo escolar. Queda suspendida por el período vacacional, y es entregada a las familias por 30 meses siempre que cumplan con los requisitos, es así que la Secretaría del Bienestar podría retirar la beca en caso de incumplir con alguno de los criterios.
Confirman retiro de Beca Rita Cetina por estos motivos
La Beca Rita Cetina fue una iniciativa de la presidenta Claudia Sheinbaum quien aseguró que a lo largo de su sexenio el objetivo es cubrir a todos los estudiantes de la educación básica. El objetivo es la universalización de la beca en todos los niveles educativos de educación básica, en 2025 se comenzó con educación secundaria.
Para acceder a los 1,900 pesos bimestrales, los estudiantes deben cumplir con ciertos requisitos:
- Estén inscritas o inscritos en una escuela prioritaria, es decir en una localidad indígena, con menos de 50 habitantes y sin grado de marginación, con alto o muy alto grado de marginación.
- Tienen bajos ingresos, esto significa que los recursos con los que cuenta la familia son insuficientes para cubrir sus necesidades básicas
- Están inscritas o inscritos en escuelas públicas de modalidad escolarizada ubicadas en localidades prioritarias.
Sin embargo, también existen motivos por los cuales las autoridades pueden suspender el pago a las familias. Estas situaciones contemplan casos como:
- Defunción del becari: la baja del Programa ocurrirá a partir de que la Coordinación Nacional tenga conocimiento del fallecimiento del becario. En caso de ser el único menor de la familia beneficiaria inscrito en educación básica, la familia también causará baja del Programa.
- Cuando el becario cumpla 18 años: en caso de ser el único integrante de la familia beneficiaria inscrito en educación básica, la familia también causará baja del Programa.
- Cuando en el primer semestre del año el becario esté registrado en el padrón como inscrito en tercer grado de secundaria: la baja aplicará previo a la primera emisión del segundo semestre del ejercicio fiscal. En caso de ser el único menor de la familia beneficiaria inscrito en el nivel básico, la familia también causará baja del Programa.
- Cuando el becario de secundaria haya recibido la beca por treinta meses de pago: en caso de ser el único integrante de la familia beneficiaria inscrito en educación básica, la familia también causará baja del Programa.
- Cuando la madre, padre o tutor del becario renuncie de manera voluntaria y explícita al Programa.
- Cuando se detecte duplicidad de alguno de los becarios en el padrón: sólo un registro permanecerá activo, eliminándose el/los registro/s duplicado/s.
- Cuando se detecte duplicidad del becario con otras becas de manutención otorgadas por alguna dependencia o entidad de la APF.
- Cuando la Autoridad educativa de los Estados y de la Ciudad de México y/o la Autoridad escolar correspondiente informe la suspensión o baja de los estudios del becario.
- Cuando la Coordinación Nacional detecte que ninguno de los menores de la familia inscritos en educación básica está en una escuela prioritaria o susceptible de atención.
- Cuando la Coordinación Nacional detecte que la documentación y/o información identificada en actividades de supervisión en escuelas prioritarias o escuelas susceptibles de atención, la actualización del padrón; o cualquier acción operativa que implemente no corresponde a la proporcionada con anterioridad o con fuentes oficiales.
- Cuando la madre, padre o Tutor dejen de cobrar la beca que otorga esta Coordinación Nacional después de un año de haber concluido el ciclo escolar en el que se le emitió el apoyo no cobrado.