

La Justicia definió cómo se repartirán las responsabilidades entre una paciente y un sanatorio porteño sobre un episodio ocurrido durante una resonancia magnética en la Ciudad de Buenos Aires. El caso se originó tras un accidente dentro de la sala del resonador que dejó a la mujer atrapada por la fuerza del imán.
Todo sucedió en 2009, cuando la paciente ingresó al área médica utilizando tobilleras deportivas con pesas de plomo debajo de la ropa. Según consta en el expediente judicial, el potente campo magnético del equipo atrajo violentamente los objetos metálicos y provocó que sus piernas quedaran inmovilizadas, generándole lesiones y un fuerte cuadro de angustia.
El accidente durante el estudio médico
La mujer sostuvo en su demanda que no había recibido indicaciones suficientes sobre la peligrosidad de ingresar con elementos metálicos a la sala de estudios. Además, aseguró que no le proporcionaron ropa adecuada ni existían mecanismos de emergencia inmediatos para detener la situación cuando quedó atrapada dentro del resonador.

Del otro lado, el sanatorio y la compañía aseguradora argumentaron que la paciente había sido advertida previamente sobre los riesgos del procedimiento y que incluso firmó un consentimiento informado antes de realizarse el examen. También afirmaron que las tobilleras permanecían ocultas bajo la vestimenta y no habían sido declaradas por la mujer antes de entrar al sector restringido.
Cómo resolvió el caso la Justicia
Tras analizar la documentación y el expediente vinculado al hecho, el juez interviniente concluyó que existió una responsabilidad compartida. El fallo remarcó que el centro de salud debía garantizar mayores controles para impedir el ingreso de objetos peligrosos, aunque también señaló que la paciente actuó con imprudencia al ingresar con elementos metálicos pese a las advertencias.
La sentencia fijó un 80% de responsabilidad para la mujer y un 20% para el sanatorio y su aseguradora. Si bien no se comprobó una incapacidad permanente, el magistrado reconoció el daño psicológico y moral ocasionado por el episodio. Finalmente, ordenó una compensación económica que, junto con intereses y costas judiciales, alcanzó los 400.000 pesos. Además, la demandante deberá afrontar la mayor parte de los gastos derivados del proceso judicial.














