

Según se expresa en la Ley de Sucesiones de Argentina, no todas las personas mencionadas en un testamento o unidas por lazos familiares tienen garantizado el derecho a cobrar una herencia cuando fallece un pariente o ser querido.
En este sentido, existen situaciones puntuales en las que la Ley de Sucesiones permite excluir a un heredero, incluso si es un hijo, cónyuge o figura expresamente como beneficiario.
Estas personas no cobrarán la herencia por más que figuren en el testamento
El Código Civil y Comercial de la Nación establece la “indignidad para suceder”, cuya figura permite dejar sin herencia a quien haya tenido conductas graves contra el causante, es decir la persona fallecida.

La indignidad para suceder es una sanción jurídica que está regulada en el Código Civil y Comercial de la Nación, entre los artículos 2281 y 2285, e impide heredar o recibir bienes de una sucesión.
No obstante, la categoría de herederos indignos no se aplica de manera automático, si no que se realiza a través de un proceso judicial.
En qué casos se aplica la indignidad para suceder
Según se regula en el Código Civil y Comercial de la Nación, las causas por las que se declara la indignidad para suceder son:
- Homicidio o tentativa de homicidio contra el causante: si el heredero o legatario mató o intentó matar a la persona de la que debía heredar, queda automáticamente excluido de la sucesión. La sanción también alcanza a quienes hayan participado como cómplices, instigadores o autores indirectos, incluso si el hecho no llegó a consumarse.
- Acusación calumniosa por delitos graves: pierde el derecho a heredar quien haya acusado falsamente al causante de un delito grave que pudiera derivar en una pena de prisión.

- Violencia física o violencia moral grave: incluye situaciones de maltrato físico, pero también de violencia psicológica o emocional intensa.
- Fraude en el proceso sucesorio: quedan excluidos quienes hayan actuado de manera desleal para beneficiarse económicamente. Esto incluye ocultar, destruir, alterar o falsificar el testamento.
- Negativa injustificada a prestar alimentos: cuando una persona estaba legalmente obligada a asistir económicamente al causante y se negó sin causa válida, puede ser declarada indigna.
Ley de Sucesiones: ¿cómo es el proceso para declarar la indignidad?
La indignidad para suceder no se aplica de manera automática ni surge solo por el vínculo familiar o el contenido del testamento ya que para que entre en vigencia es necesario iniciar una acción judicial específica.
Quien impulsa el pedido debe acreditar la causa invocada mediante pruebas concretas y luego de analizar los elementos aportados, el juez dicta una resolución.
Si se declara la indignidad, el heredero queda excluido de la sucesión y debe restituir los bienes que haya recibido hasta ese momento.













