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La Ley de Sucesiones en Argentina regula quiénes tienen derecho a recibir los bienes de una persona fallecida y actuar como “herederos” del patrimonio del causante.

Dentro del Código Civil y Comercial de la Nación se distingue la figura de un grupo familiar denominado como herederos legítimos, lo cual los habilita a recibir una porción de los bienes, independientemente de si existe o no un testamento.

Qué familiares cobrarán la herencia sin excepción

La Ley de Sucesiones en Argentina define a los herederos legítimos como aquellos familiares que tienen derecho a recibir una parte de la herencia por mandato legal, incluso si el fallecido deja un testamento.

Por cambios en la Ley de Sucesiones, desde ahora estos familiares cobrarán la herencia y nadie podrá oponerse
Fuente: Archivo
Por cambios en la Ley de Sucesiones, desde ahora estos familiares cobrarán la herencia y nadie podrá oponerse Fuente: Archivo

Esta categoría incluye a los parientes más cercanos, cuyo vínculo familiar garantiza su protección frente a terceros.

El Código Civil y Comercial de la Nación indica que los herederos legítimos son:

  • Descendientes: hijos, nietos y bisnietos. Tienen prioridad sobre otros familiares y reciben la mayor parte de la herencia, conocida como porción legítima.
  • Ascendientes: padres y abuelos. Si no hay descendientes, tienen derecho a una porción mínima de la herencia.
  • Cónyuge: el esposo o esposa del fallecido también tiene derechos asegurados por la ley, incluso si existen otros herederos.
  • Parientes colaterales hasta el cuarto grado: hermanos, tíos o primos pueden heredar únicamente si no existen descendientes, ascendientes ni cónyuge.

No obstante, si no existen herederos legítimos, los bienes pasan al Estado, ya sea nacional, provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dependiendo de dónde estén ubicados los bienes.

Qué tipos de sucesiones existen en Argentina

Según la Ley de Sucesiones de Argentina existen dos formas principales de repartir una herencia y se aplica de la siguiente manera:

Por cambios en la Ley de Sucesiones, desde ahora estos familiares cobrarán la herencia y nadie podrá oponerse
Fuente: Archivo
Por cambios en la Ley de Sucesiones, desde ahora estos familiares cobrarán la herencia y nadie podrá oponerse Fuente: Archivo
  • Sucesión testamentaria: ocurre cuando el fallecido deja un testamento indicando cómo distribuir sus bienes entre sus herederos.
  • Sucesión intestada o común: se aplica cuando no hay testamento; en este caso, la distribución se realiza según lo establecido por la ley y bajo supervisión judicial.

Quiénes pueden cobrar la herencia aunque lo diga el testamento

La Ley de Sucesiones en Argentina garantiza que los herederos legítimos reciban una porción mínima de la herencia, conocida como porción legítima, que no puede ser reducida ni por testamento ni por donaciones.

De esta manera, la porción legítima se compone de la siguiente manera:

  • Descendientes: 2/3 de la herencia. Solo 1/3 puede destinarse a otros mediante testamento.
  • Ascendientes: 1/2 de la herencia.
  • Cónyuge: 1/2 de la herencia.

En tanto, y cada vez que exista un testamento, el resto de los bienes se dividirán conforme a como se indique en el documento.