

Aunque muchas personas todavía no lo saben, en la Argentina existe la posibilidad de que los hijos lleven primero el apellido materno en lugar del paterno. La opción está contemplada en el Código Civil y Comercial vigente desde 2015 y permite que las familias definan libremente el orden de los apellidos al momento de realizar la inscripción en el Registro Civil.
La normativa eliminó la prioridad automática del apellido del padre que históricamente predominó en el país y estableció que ambos progenitores tienen igualdad de condiciones para decidir cómo será el nombre completo de sus hijos.
Qué dice la ley sobre el apellido de los hijos
El artículo 64 del Código Civil y Comercial establece que el hijo matrimonial puede llevar:
- El primer apellido de cualquiera de los cónyuges.
- O ambos apellidos en el orden que los padres elijan.
De esta manera, las familias pueden optar por colocar primero el apellido de la madre, primero el del padre o utilizar ambos.
La misma regla también aplica para hijos extramatrimoniales reconocidos por ambos progenitores.
Qué pasa si los padres no se ponen de acuerdo
La legislación también contempla situaciones donde no existe consenso sobre el orden de los apellidos.

En esos casos, el Registro Civil puede resolver la cuestión mediante un mecanismo de sorteo previsto por la normativa vigente.
Además, una vez definido el orden de apellidos para el primer hijo, los hermanos siguientes deberán mantener el mismo criterio.
Desde cuándo se puede usar primero el apellido materno
La posibilidad rige en todo el país desde agosto de 2015, cuando entró en vigencia el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación.
Antes de esa reforma, el sistema argentino utilizaba de manera predominante el apellido paterno como primer apellido de los hijos.
Con el cambio legislativo, el orden pasó a depender exclusivamente de la decisión de cada familia.
Cómo se realiza el trámite
La elección del orden de apellidos se realiza directamente al momento de la inscripción del nacimiento en el Registro Civil correspondiente.
No se necesita autorización judicial ni trámites especiales adicionales, siempre que exista acuerdo entre ambos progenitores.

















