La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó la ampliación del régimen de factura electrónica, la cual entrará en vigencia a partir del 1° de julio de 2026 para determinados grupos de profesionales y directivos societarios.
En este sentido, ARCA busca integrar los ingresos en las bases de datos fiscales de una manera más completa.
¿Quiénes deberán emitir facturas electrónicas a partir de ahora?
Según la Resolución General 5824/2026 de ARCA, los nuevos sujetos obligados a emitir facturas son:
- Directores de sociedades: Sociedades Anónimas (SA).
- Socios gerentes de Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL).
- Profesionales vinculados a expedientes judiciales: abogados, peritos y auxiliares.
Los mismos deberán facturar los honorarios derivados de sus funciones y regularizar su situación fiscal e inscribirse formalmente en ARCA. Cada uno de ellos deberán emitir factura electrónica por cada horario regulado y percibido en expedientes judiciales, sin importar la modalidad de cobro o la frecuencia operativa. Hasta el momento, estos honorarios estaban eximidos de emitir factura, pero a partir de julio deberán hacer el cambio.
Cabe destacar que en las operaciones superiores a 10 millones de pesos será obligado a detallar los datos del consumidor final en los comprobantes electrónicos, lo que generará la eliminación de la posibilidad de facturación anónima en esos casos.
¿Cómo hacen los contribuyentes para cumplir con la nueva obligación?
- Actualizar el sistema de facturación electrónica o contratar uno homologado.
- Validar la obtención de un punto de venta electrónico ante ARCA.
Además, deberán capacitar al personal administrativo en la generación de los comprobantes de manera correcta. Del mismo modo, se deberá planificar la transición antes del 1 de julio del 2026 para evitar sanciones.
Con estos cambios ARCA busca ampliar la trazabilidad de los ingresos a través de las facturas electrónicas dentro de un esquema tributario automatizado y transparente.