Ingreso Mínimo Vital: los bancos confirman el dia de pago en febrero de 2024
A pesar de que la Seguridad Social paga el IMV a primeros de mes, la fecha puede variar según la entidad bancaria. ¿Cuándo se cobra?
La Seguridad Social es el organismo responsable de ofrecer distintos tipos de ayudas para quienes se encuentran en situaciones de extrema vulnerabilidad. El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es un claro ejemplo de ello, pues se trata de una asistencia económica que busca cubrir las necesidades de aquellas personas en riesgo de pobreza y exclusión social.
Según datos de la Seguridad Social, más de dos millones de personas se benefician actualmente del IMV, por lo que es una de las ayudas más importantes del país.
Pese a que el organismo estatal establece un periodo específico para efectuar el depósito de la prestación no contributiva, la fecha puede variar o incluso anticiparse según la entidad bancaria encargada del cobro.
Qué día se cobra el Ingreso Mínimo Vital
El artículo 24.2 del Real Decreto 696/2018, que regula la gestión financiera de la Seguridad Social, establece que el IMV debe ingresarse a mes vencido, es decir, el primer día hábil de cada mes, o a más tardar en el cuarto día natural del mes.
Para hacer el pago, las entidades bancarias como Santander, CaixaBank y BBVA disponen de una cuenta centralizada de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). Cuando llega el momento de pagar las prestaciones, las entidades financieras transfieren el dinero desde la cuenta centralizada de la Tesorería General de la Seguridad Social a las cuentas individuales de los beneficiarios.
Para efectuar el pago, hay una fecha valor, que es en la que se considera efectivo el pago, lo que significa que el dinero debería estar disponible para los beneficiarios en algún momento dentro de ese rango de fechas.
Dado que los bancos y cajas ya saben de antemano la cantidad a ingresar, muchos de ellos deciden adelantar el ingreso unos días. Por ello, es normal que el ingreso se vea reflejado entre martes 23 y viernes 26 de enero, aunque no todos los bancos lo hacen, ni tiene la obligación de adelantar el ingreso.
Nuevas cuantías del Ingreso Mínimo Vital en 2024
Desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, anunciaron que subiría su importe en el 2024.
- Al igual que con las prestaciones no contributivas, el IMV se ha incrementado en un 6,9%, lo que se traduce en una renta garantizada de un mínimo de 604 euros y un máximo de 1462 euros al mes.
Según lo establecido en el Real Decreto-ley 2/2023, se llevará a cabo un aumento progresivo con el objetivo de alcanzar el 75% del umbral de pobreza para un hogar unipersonal en 2027. Este umbral se calcula tomando como referencia la Encuesta de Condiciones de Vida del Instituto Nacional de Estadística (INE).
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La cuantía mínima anual de esta renta garantizada, es de 7250,52 euros en el caso de unidades con un solo adulto. En el siguiente listado se pueden consultar las cantidades por unidad de convivencia (el IMV se percibe en 12 pagas):
Un adulto: 7250,52 euros anuales, 604,21 euros mensuales.
Un adulto y un menor: 9425,76 euros anuales, 673,26 euros mensuales.
Un adulto y dos menores: 11.600,88 euros anuales, 828,63 euros mensuales.
Un adulto y tres menores: 13.776,12 euros anuales, 1148,01 euros mensuales.
Un adulto y más de tres menores: 15.951,24 euros anuales, 1329,27 euros mensuales.
Dos adultos: 9425,76 euros anuales, 785,48 euros mensuales.
Dos adultos y un menor: 11.600,88 euros anuales, 828,63 euros mensuales.
Dos adultos y dos menores: 13.776,12 euros anuales, 1148,01 euros mensuales.
Dos adultos y más de dos menores: 15.951,24 euros anuales, 1329,27 euros mensuales.
Tres adultos: 11.600,88 euros anuales, 828,63 euros mensuales.
Tres adultos y un menor: 13.776,12 euros anuales, 1148,01 euros mensuales.
Tres adultos y dos o más menores: 15.951,24 euros anuales, 1329,27 euros mensuales.
Cuatro adultos: 13.776,12 euros anuales, 1148,01 euros mensuales.
Cuatro adultos y un menor: 15.951,24 euros anuales, 1329,27 euros mensuales.
Otros: 15.951,24 euros anuales, 1329,27 euros mensuales.
Estas cuantías son las generales. En el caso de unidades convivencia monoparentales o con miembros con discapacidad, conviene consultar las cuantías del Ingreso Mínimo Vital según la unidad de convivencia.