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El Instituto Nacional de la Seguridad Social(INSS) otorga una pensión por incapacidad permanente a los ciudadanos que por alguna lesión, enfermedad o accidente que anule su capacidad para trabajar no estén en condiciones de continuar activos laboralmente.

Dicha prestación económica es para cubrir la pérdida de ingresos de la persona que se encuentra limitada para tener un empleo. Sin embargo, el organismo estatal puede retirar y cancelar el pago de la prestación por diversos motivos.

Los requisitos para seguir cobrando la pensión

Para mantener los grados de incapacidad permanente que existen, el pensionista español necesitará cumplir una serie de obligaciones para continuar siendo beneficiario. De lo contrario, el INSS puede retirar la prestación.

Según el motivo o infracción que el pensionista haya causado, el organismo estatal podrá sancionar de dos formas: retirar el pago de forma temporal o permanente.

A diferencia de las jubilaciones, las pensiones por incapacidad no son vitalicias y son revisables hasta que se cumple la edad ordinaria de jubilación. Esto significa que la Seguridad Social en cada revisión tiene la facultad de mantener, retirar, aumentar o disminuir la cuantía de la pensión, si hay cambios en el grado de incapacidad del beneficiario.

En los casos de retiro temporal o reducción de la cuantía, estos son los motivos por los que la Seguridad Social puede sancionar a un beneficiario de la pensión por incapacidad:

  • Cuando el beneficiario haya defraudado al Estado para obtener la pensión.
  • Si la incapacidad se haya agravado o sea por culpa del pensionista.
  • Cuando la incapacidad sea más severa o agravada por rechazar el tratamiento sanitario.
  • Si el beneficiario rechaza o abandona los tratamientos de rehabilitación.

Los motivos por los que se puede perder la pensión por discapacidad

Por otro lado, existen cuatro motivos por los que el INSS puede proceder a retirar definitivamente la prestación por incapacidad permanente. Estos son los siguientes:

  • Cuando la persona se cura de la dolencia por la que se le otorgó la incapacidad.
  • Fallecimiento del beneficiario de la pensión.
  • Tener la edad para solicitar la pensión de jubilación.
  • Si la entidad gestora determina la pérdida del derecho a cobrar la prestación.

Sin embargo, si el pensionista considera que no cometió ninguna falta para que sea retirada su pensión deberá acreditar que no cometió infracciones o que sigue cumpliendo con los requisitos exigidos.