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Adiós a la incapacidad permanente para menores de 60 años: estos son los motivos para perderla

Los ciudadanos deben conocer algunas situaciones en particular que pueden hacer que ese subsidio que otorga el Gobierno.

Casi un millón de personas reciben la pensión de incapacidad permanente de la Seguridad Social en España, por haber sufrido un accidente o enfermedad. 

Sin embargo, los ciudadanos deben conocer algunas situaciones en particular que pueden hacer que ese subsidio que otorga el Gobierno se pierda. Existen hasta ocho posibilidades.

Los motivos por los que puedes perder la incapacidad permanente en 2024

Los motivos para perder la pensión por incapacidad. (Foto: Shutterstock).

Según la Seguridad Social, existen hasta ocho situaciones por las que esta administración suspende o retira la pensión, aunque se tengan menos de 60 años y se esté enfermo, como se verá más adelante.

De acuerdo con la Ley 8/2015, una persona que sea beneficiaria de la pensión de incapacidad permanente, ya sea en su modalidad, total, absoluta o de Gran Invalidez, puede perderla. Otro escenario posible es que se suspenda de forma temporal.

Es importante aclarar que la mayoría de estas decisiones se toman tras haber pasado por el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI), encargado de hacer los exámenes médicos necesarios.

Los motivos por los que puedes perder la pensión temporalmente:

  • Las revisiones médicas del EVI tengan como resultado un aumento de la discapacidad por no haber seguido el tratamiento o los cuidados necesarios.
  • Al descubrir que se ha intentado estafar a la Seguridad Social para cobrar la pensión.
  • Cuando la persona sufra un empeoramiento por rechazar el tratamiento sanitario.
  • Cuando el paciente abandona el tratamiento de rehabilitación.
La pensión por incapacidad permanente. (Foto: Shutterstock).

Los motivos por los que puedes perder la pensión definitivamente:

Se trata de motivos que, a consideración de la Seguridad Social, son muy graves:

  • Por la curación del afectado por la incapacidad y muestre un grado de minusvalía inferior al 33%.
  • Tener derecho a solicitar la pensión contributiva de jubilación.
  • Siempre que el INSS determine la pérdida del derecho a cobrar la ayuda.
  • Por fallecimiento del beneficiario de la pensión.
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