Murió la Ley de Alquileres: si los okupas no son desalojados, los propietarios no podrán cobrar el seguro de impago del Gobierno
Entre las medidas aprobadas en el decreto social se volvió a incluir la prohibición de los desalojos de personas vulnerables sin alternativa habitacional.
El reciente decreto social, aprobado por el Gobierno y Junts, ha dejado una nueva preocupación para los propietarios de viviendas. Ahora, los seguros de impago del alquiler no podrán ser reclamados hasta que los "okupas" sean desalojados de la propiedad. Esta medida, que entra en vigor con la publicación del decreto en el Boletín Oficial del Estado, se suma a la parálisis de desalojos de personas vulnerables sin alternativa habitacional.
Aunque el objetivo es proteger a las personas en situación de vulnerabilidad, los propietarios se ven nuevamente en una situación de desprotección, ya que los procedimientos de recuperación de la vivienda por parte del propietario se ven prolongados.
Los propietarios no podrán cobrar el seguro del Gobierno hasta no desalojar a los okupas
Una de las soluciones planteadas en este nuevo marco legal son los avales públicos de alquiler. Estos avales cubrirán las rentas impagas hasta que el propietario logre recuperar la vivienda, así como los daños causados por el inquilino y los costos de suministros no abonados.
Para acceder a estos avales, el inquilino debe cumplir requisitos específicos, como ser menor de 35 años o encontrarse en situación de vulnerabilidad.
Los avales, gestionados por las comunidades autónomas, pretenden facilitar el acceso al alquiler a jóvenes y familias vulnerables.
Por ahora, los propietarios deberán esperar a que se cumpla el proceso legal para poder reclamar las cantidades adeudadas, con un plazo de seis meses para hacerlo una vez se haya recuperado la posesión de la vivienda.
Los requisitos que tienen que cumplir los propietarios para cobrar el aval
Para la obtención del aval, el inquilino deberá cumplir uno de los siguientes requisitos:
- Ser menor de 35 años
- Ser una persona vulnerable de acuerdo con los criterios establecidos reglamentariamente.
Además, para acceder al aval, será necesario que la renta del alquiler no exceda el índice estatal de referencia, que se deposite la fianza legal correspondiente junto con sus actualizaciones, y que tanto el propietario como el inquilino firmen el compromiso relativo al aval, conforme al modelo establecido por la Administración.
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El Ejecutivo busca con ello facilitar el acceso al mercado de alquiler y mitigar las dificultades económicas derivadas del acceso a la vivienda.