Murió la Ley de Alquileres: los inquilinos pueden quedarse en la vivienda, a pesar de que el propietario quiera vender el piso
La normativa garantiza que los contratos de alquiler prevalezcan, incluso si el piso se pone a la venta.
La Ley de Alquileres, un tema candente en el debate sobre la vivienda en España, ha dejado claras algunas reglas que protegen a los inquilinos en casos de venta de los inmuebles.
A pesar de que el propietario decida vender el piso, los arrendatarios no se verán obligados a abandonar la vivienda antes de que finalice su contrato de alquiler. Esta norma ofrece una mayor estabilidad para aquellos que alquilan una vivienda, evitando sorpresas inesperadas por parte de los caseros.
Ley de Alquileres: ¿qué dice la normativa sobre la venta del piso y el derecho de los inquilinos a permanecer en él?
Según la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), los inquilinos tienen derecho a seguir en la vivienda durante el tiempo estipulado en el contrato, incluso si el propietario decide ponerla en venta.
La normativa detalla que, una vez transcurrido el primer año de contrato, si el arrendador es una persona física, no podrá poner fin al alquiler para vender el inmueble, salvo que haya especificado previamente en el acuerdo la necesidad de ocupar la vivienda para él mismo o su familia.
Sin embargo, si el propietario decide vender el piso, el inquilino tendrá prioridad para comprarlo, y si no está interesado, podrá continuar viviendo en el lugar hasta que finalice su contrato de arrendamiento.
Consecuencias de la venta del piso: derechos del inquilino y posibles indemnizaciones
En el caso de que un propietario decida vender una vivienda alquilada, el inquilino goza de ciertos derechos que protegen su permanencia en la vivienda, incluso ante la venta del inmueble.
En algunos casos, los inquilinos pueden recibir ofertas de compensación económica por parte del propietario, pero no están obligados a aceptarlas. Además, si se alega que el arrendador necesita la vivienda para su uso personal y la pone a la venta en poco tiempo, esto se consideraría una práctica fraudulenta.
Si el propietario no ocupa la vivienda en los tres meses posteriores a la salida del inquilino, este último puede solicitar una indemnización equivalente a una mensualidad de alquiler por cada año restante del contrato.
También podrá exigir la formalización de un nuevo contrato de arrendamiento en la misma vivienda si se considera oportuno.